Procesos ordinarios y abreviados

CAACUPÉ (De nuestra redacción regional). Se implementan dos tipos de procesos de nulidad del matrimonio religioso: el ordinario y el juicio abreviado. Este último es “aplicado en casos en los que la nulidad matrimonial es particularmente evidente”.

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Entre estos casos, están por ejemplo el aborto procurado para impedir la procreación, la obstinada permanencia en una relación extraconyugal durante el tiempo de las nupcias, el ocultamiento doloso de la esterilidad o de una grave enfermedad contagiosa o de hijos nacidos de una relación anterior o de una encarcelación.

El papa Francisco había señalado que decidieron esta reforma siguiendo la reflexión de sus hermanos obispos que en el Sínodo Extraordinario sobre la Familia realizado 2014 solicitaron que el proceso de nulidad fuese “más rápido y más accesible”.

La reforma también responde a una gran cantidad de fieles que con frecuencia se alejan de las estructuras jurídicas de la Iglesia, debido a la distancia física o moral, señala el Pontífice. Para él, “la caridad y la misericordia” requiere que la Iglesia como madre acerque a sus hijos que se consideran también lejos de ella.

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