Imputan en Argentina a intendente y dueño de Sertran por asociación ilícita

Un fiscal de la ciudad argentina de Córdoba imputó al intendente de la Estación de General Paz, al juez de Faltas de la localidad de Salsipuedes y al dueño de Sertran por presunta asociación ilícita, falsedad ideológica y exacciones ilegales.

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Es en el marco de la investigación de elaboración de fotomultas de supuestas infracciones de tránsito. En la Argentina se inició la guerra judicial contra quienes se apoderan de las rutas del país, realizando controles por sistemas electrónicos y multando a los presuntos infractores. El fiscal del distrito 3 de la ciudad de Córdoba, Carlos Matheu, actuó de oficio para investigar un convenio firmado para cobrar ilegalmente a 150 mil infractores, a través de las fotomultas.
El pasado 23 de junio ya imputó al jefe de la Comuna Estación General Paz, Carlos Borgobello, como instigador de exacciones ilegales y falsedad ideológica y al juez de faltas de la comunidad de Salsipuedes, Daniel Torres y al dueño de la empresa Sertran, Alejandro Abeliansky.

Se considera agravado el caso con la calificación de una asociación ilícita, en la que cree habrían participado, aparte de los mencionados, los apoderados que representan a Servicios de Transito (Sertran). El objetivo de este proceso es lograr la devolución del dinero de la multas  de los denunciados.

Según los artículos periodísticos, de Cadena 3.com y la Voz Ciudadanos, este caso tuvo su origen el pasado 11 de junio en la Comuna de Estación General Paz, al norte de la ciudad de Córdoba (por la Ruta IX) y se extendería hacia los otros municipios que utilizan el sistema.

La empresa Sertran, la que presta el "servicio" de multas y el cobro extrajudicial y judicial de las mismas a Estación General Paz, tiene el monopolio de las fotomultas en el interior cordobés.

Allanamientos

Paralelamente, en Buenos Aires, los efectivos de la División de Delitos Económicos allanaron dos estudios jurídico-contables: en Viamonte al 1300 y en Rojas al 1200. Aunque la empresa Sertran fijó ambos domicilios como propios en las referidas dirección, allí solo atienden abogados y contadores.

"Se trata de una empresa ficticia que monta la estructura de las cámaras y luego se encarga de toda la gestión de cobro: un negocio varias veces millonarios", indicó uno de los investigadores de Delitos Económicos, quien, para no ser apartado de la causa, pidió no ser citado", dice Cadena 3.com.

Agrega el informe que "en el caso de General Paz, Sertran se llevaría el 70 por ciento de lo recaudado por las fotomultas, enviándole a la pequeña comuna la comisión del 30 por ciento restante. Actualmente, esta empresa tiene radares en Córdoba, Corrientes, Buenos Aires, Santa Fe, Misiones, Jujuy, y la República de Paraguay.

En estos momentos en las investigaciones se incluyen Estación General Paz, localidad situada en el departamento Colón, provincia de Córdoba. Se encuentra sobre la RN 9 a 20 km al sur de la ciudad de Jesús María y a 32 km al norte de la capital provincial. En tanto que Salsipuedes es una hermosa y típica villa serrana, ubicada en el faldeo de las Sierras Chicas, a 34 km de Córdoba.

Ahora sin fiscal

Según los medios cordobeses, esta causa judicial no tiene fiscal en este momento. La Fiscalía de la Cámara de Apelaciones de Córdoba, a cargo de Jorge Leiva, deberá definir si el expediente queda en manos del fiscal del distrito 3, Carlos Matheu, o del titular de la Fiscalía Anticorrupción, Gustavo Hidalgo.

"De esa definición dependerá qué tipo de supuestos delitos se investigarán", señala Cadena 3.com. Agrega que Matheu inició la causa de oficio con imputaciones por falsedad ideológica y exacciones ilegales.

El caso debía pasar a la Fiscalía Anticorrupción, pero desde ese fuero se devolvió el expediente considerando que no habría suficientes elementos para considerar la existencia de una asociación ilícita (que supone el acuerdo entre tres o más personas para cometer un delito). Pero ante la insistencia de Matheu que sostuvo su criterio, será Leiva el que resuelva ahora dónde y cómo continúa la causa.

El caso exacción significa cobro indebido y violento, mientras que falsedad ideológica refiere a lo que no se debe hacer y que incluye el posible contenido falso de los documentos elaborados para el cobro de las multas.

Estas son causas penales, tanto en la Argentina como en nuestro país. Es que la mayor parte de nuestra legislación tiene gran similitud con la del vecino país.

Advertencia

El fiscal de la Cámara de Apelaciones, Jorge Leiva, en diálogo con Cadena 3 señaló que se juzga como una falta el hecho de haber utilizado un elemento que no estaba permitido para labrar multas.

"Se trata de los radares que ya fueron extraídos de la zona". Siguió diciendo que "cuando un funcionario exige una suma de dinero en derecho a una herramienta que no corresponde el fundamento de este derecho no sería legal, por cuanto esta multa ha sido realizada en un procedimiento que sería ilegal, ya que se usaron aparatos que no están habilitados para usarlos", aseguró el fiscal.

"No pueden alegar que no conocían la ley provincial. Los fundamentos que se han tenido en cuenta son los que persiguen un fin recaudatorio y no de educación", agregó.

Por otra parte, el fiscal Matheu puntualizó que "todos los automovilistas que hayan sido víctimas de estos cobros indebidos tienen el derecho de reclamar lo aportado".

Recordó que el 21 de febrero del 2007 la provincia había advertido a las comunas del interior provincial que debían retirar los radares como método de control y de sanción de infracciones de tránsito.
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