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La empresa Sertran Paraguay, conformada por Petronio Muñoz y Raúl Meza, amigos del presidente de la República, Fernando Lugo, tuvo como único propósito la recaudación y llenarse los bolsillos a costa del pueblo. No le importaron los medios con tal de llegar al fin porque, aparte de violar las leyes de los organismos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), ignoraron normas de entidades de control y hasta pisotearon preceptos constitucionales.
Para presentar sus "ambiciosos proyectos" adquirieron equipos de la Argentina y los instalaron en las rutas de nuestro país sin homologación alguna del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN). Lógicamente, para tal emprendimiento tuvieron la complicidad de intendentes y concejales de Ñemby, Ypacaraí, Cnel. Oviedo y Hernandarias.
Las cámaras fueron colocadas en los semáforos, en su mayoría también propiedades del MOPC, los que tampoco tienen homologación. "De ahí que aquellas cámaras ni tendrán certificación del INTN", manifestó el Ing. Shigueru Yano, del Departamento de Metrología Legal del referido instituto. Explicó que la empresa Sertran solicitó la homologación de dichos aparatos, "pero mal podemos otorgar aprobación a los cinemómetros, siendo que ni los semáforos cuentan con certificación", sostuvo.
Destacó que no existen normas para la colocación de los semáforos y solo ahora se está trabajando en el proyecto. "Es nuestro objetivo elaborar el reglamento con la participación del Ministerio de Obras Públicas, las municipalidades y la empresa Sertran", sostuvo. Agregó que hasta ahora las autoridades municipales son las que muestran menos interés en el tema.
Igualmente, el Ing. Yano informó que el proyecto incluirá también la normativa para la utilización de los cinemómetros.
Con respecto a la implementación de los radares en las rutas Acceso Sur (Ñemby), la Ruta II (Ypacaraí y Coronel Oviedo) y la Supercarretera (Hernandarias), manifestó que aquellos equipos fueron traídos por la empresa Sertran con documentos de homologación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) de la Argentina. Este es un ente público dedicado al desarrollo de tecnología industrial, creado en el año 1957. Cuenta con centros o delegaciones en once provincias del vecino país.
Yano destacó que en nuestro país no se dispone aún de equipos de laboratorio de simuladores para la certificación de los cinemómetros. Se aceptó el documento del INTI de la Argentina "porque merece fe, es una institución confiable", sostuvo. Sin embargo, manifestó que "igual nosotros realizamos la prueba de los radares y constatamos la certeza de los datos que brindan y se autorizó su utilización", subrayó.
En la Argentina
Al observar los detalles de una certificación de este tipo de aparato en la Argentina, se encuentran algunas diferencias con las fotomultas "fabricadas" en nuestro país. Aparte, en el vecino país existe una ley, la N° 19.511 de Metrología Legal, y es esta la que tiene el laboratorio para la verificación de los cinemómetros. Asimismo, establece los datos que debe expedir y que deben ser adjuntados a una cédula de notificación.
Por ejemplo: la identificación del equipo utilizado, marca, modelo, número de certificación y la institución certificadora. Asimismo, debe consignar número de antena del cinemómetro y agregar la fecha de la última revisión periódica del equipo, fecha de la obtención del preceptivo "Certificado de Aceptación", que debe emitir el Ministerio de Transportes (Dirección General de Telecomunicaciones) y que es imprescindible para que el cinemómetro pueda funcionar.
Conforme a esta normativa, si la cédula de intimación o multa remitida al presunto infractor no contienen los datos especificados más arriba, debe considerarse nula y no debe ser pagada. Además, la homologación establecida en la Argentina incluye todos aquellos datos, pero la empresa Sertran Paraguay los utiliza a su antojo y con el fin único y exclusivamente recaudatorio, gracias a la inacción de los organismos de control y hasta de la propia justicia.
Para presentar sus "ambiciosos proyectos" adquirieron equipos de la Argentina y los instalaron en las rutas de nuestro país sin homologación alguna del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN). Lógicamente, para tal emprendimiento tuvieron la complicidad de intendentes y concejales de Ñemby, Ypacaraí, Cnel. Oviedo y Hernandarias.
Las cámaras fueron colocadas en los semáforos, en su mayoría también propiedades del MOPC, los que tampoco tienen homologación. "De ahí que aquellas cámaras ni tendrán certificación del INTN", manifestó el Ing. Shigueru Yano, del Departamento de Metrología Legal del referido instituto. Explicó que la empresa Sertran solicitó la homologación de dichos aparatos, "pero mal podemos otorgar aprobación a los cinemómetros, siendo que ni los semáforos cuentan con certificación", sostuvo.
Destacó que no existen normas para la colocación de los semáforos y solo ahora se está trabajando en el proyecto. "Es nuestro objetivo elaborar el reglamento con la participación del Ministerio de Obras Públicas, las municipalidades y la empresa Sertran", sostuvo. Agregó que hasta ahora las autoridades municipales son las que muestran menos interés en el tema.
Igualmente, el Ing. Yano informó que el proyecto incluirá también la normativa para la utilización de los cinemómetros.
Con respecto a la implementación de los radares en las rutas Acceso Sur (Ñemby), la Ruta II (Ypacaraí y Coronel Oviedo) y la Supercarretera (Hernandarias), manifestó que aquellos equipos fueron traídos por la empresa Sertran con documentos de homologación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) de la Argentina. Este es un ente público dedicado al desarrollo de tecnología industrial, creado en el año 1957. Cuenta con centros o delegaciones en once provincias del vecino país.
Yano destacó que en nuestro país no se dispone aún de equipos de laboratorio de simuladores para la certificación de los cinemómetros. Se aceptó el documento del INTI de la Argentina "porque merece fe, es una institución confiable", sostuvo. Sin embargo, manifestó que "igual nosotros realizamos la prueba de los radares y constatamos la certeza de los datos que brindan y se autorizó su utilización", subrayó.
En la Argentina
Al observar los detalles de una certificación de este tipo de aparato en la Argentina, se encuentran algunas diferencias con las fotomultas "fabricadas" en nuestro país. Aparte, en el vecino país existe una ley, la N° 19.511 de Metrología Legal, y es esta la que tiene el laboratorio para la verificación de los cinemómetros. Asimismo, establece los datos que debe expedir y que deben ser adjuntados a una cédula de notificación.
Por ejemplo: la identificación del equipo utilizado, marca, modelo, número de certificación y la institución certificadora. Asimismo, debe consignar número de antena del cinemómetro y agregar la fecha de la última revisión periódica del equipo, fecha de la obtención del preceptivo "Certificado de Aceptación", que debe emitir el Ministerio de Transportes (Dirección General de Telecomunicaciones) y que es imprescindible para que el cinemómetro pueda funcionar.
Conforme a esta normativa, si la cédula de intimación o multa remitida al presunto infractor no contienen los datos especificados más arriba, debe considerarse nula y no debe ser pagada. Además, la homologación establecida en la Argentina incluye todos aquellos datos, pero la empresa Sertran Paraguay los utiliza a su antojo y con el fin único y exclusivamente recaudatorio, gracias a la inacción de los organismos de control y hasta de la propia justicia.