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Como al concluir su mandato de presidente de la República Horacio Cartes solo puede ser senador vitalicio, el expresidente Nicanor Duarte Frutos está en la misma situación: no puede ocupar un escaño de senador con voz y voto. El tantas veces citado art. 189 de la Constitución rige para ambos, de modo que lo prohibido para un expresidente también lo está para el otro expresidente.
Procedió correctamente la mayoría de los miembros de la Cámara Alta al negarse a dar el quorum para el tratamiento de la renuncia de Horacio Cartes, pues su aceptación era el paso previo a su incorporación ilegítima al órgano colegiado mediante el juramento a ser prestado el 30 de junio próximo. A su vez, agazapado y calladito, también Duarte Frutos está esperando el momento para acoplarse al mismo atropello a la Constitución, en el caso de que el actual Presidente se convierta en senador activo si se le permitiera cumplir con dicho requisito.
La inconstitucional candidatura del jefe del Poder Ejecutivo y la de su antecesor en el cargo fueron cohonestadas por aberrantes fallos de la Justicia Electoral y de la Corte Suprema de Justicia, que cometieron prevaricato con una tranquilidad que solo da la experiencia. Entonces, como los sofismas de los ministros Luis María Benítez Riera, Raúl Torres Kirmser, Miryam Peña, Alicia Pucheta, Antonio Fretes y el camarista Carlos Escobar no son razón para justificar que Horacio Cartes funja de senador activo, tampoco le sirven a Duarte Frutos para que haga lo mismo, y como este último no necesita dimitir de la Presidencia de la República, está firme como estatua para jurar como senador electo el próximo 30 de junio.
Ese par de ambiciosos se encuentra con la misma restricción, pues ambos están impedidos por la Ley Suprema para volverse legisladores activos, con todos los atributos. Por lo tanto, sería incoherente impedir que uno se salga con la suya y permitir que el otro ocupe un escaño que le está vedado por igual motivo. La Constitución obliga, tanto a Horacio Cartes como a Duarte Frutos, a ejercer la función pública solo como senadores vitalicios. Si ambos desean seguir sirviendo a la nación, solo pueden hacerlo en tal carácter, aportando la experiencia que hayan recogido cuando ejercieron la Primera Magistratura de la Nación. Esto es así hasta que una Convención Nacional Constituyente modifique la Carta Magna.
Al igual que el actual Presidente, no es la primera vez que Duarte Frutos demuestra su desapego a la Carta Magna. Durante el ejercicio de su mandato, ocupó simultáneamente la presidencia de la Junta de Gobierno de la ANR, contra lo que prescribe su art. 237, que le prohíbe al presidente de la República ejercer “cargos públicos o privados, remunerados o no”, mientras dure en sus funciones. También intentó ser reelecto inmediatamente en el cargo a través de una enmienda inconstitucional, concitando el mismo enérgico rechazo popular que más tarde conoció Horacio Cartes, su correligionario transgresor. Y, como se recordará, en su momento una Corte sumisa y prevaricadora lo habilitó para ser senador electo, pero los senadores de entonces, con sensato criterio, no le proporcionaron el quorum correspondiente para que logre violar la Constitución, misma actitud patriótica que deberían adoptar ahora.
En un Estado de Derecho, nadie está por encima de la Carta Magna, de modo que si Duarte Frutos llegara a integrar el Senado, con voz y voto, se estará perpetrando una ruptura del orden jurídico. Astutamente, este personaje sigue actuando con perfil bajo; está expectante para aparecer en el Congreso el 30 de junio a fin de jurar como senador electo. En consecuencia, se deben emplear todos los mecanismos para frenar su pretensión de ocupar la banca que la Constitución le niega. Si la Cámara de Senadores aceptara una incorporación al Congreso de manera tan espuria, abrirá las puertas a la posibilidad de que cualquiera con dinero –o con fusiles, como Ortega, Evo y Maduro– pueda torcer los preceptos constitucionales de la mano de magistrados y legisladores sumisos o venales.
Es de esperar que la insana pretensión de este sujeto sea desbaratada en el Senado, como lo fue cuando buscó su reelección presidencial vía enmienda inconstitucional. La Cámara Alta ya se negó en la ocasión anterior a incorporarlo en su seno por la misma razón que hoy le continúa impidiendo ser un senador activo.
Es preciso, pues, que los senadores que están comprometidos con el fortalecimiento de la institucionalidad de la República, y una ciudadanía vigilante y activa que los secunde, no permitan que ni Horacio Cartes ni Duarte Frutos logren quebrantar la Constitución.