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Las bonificaciones asignadas por grado académico o título universitario serán otorgadas a profesionales universitarios de carrera administrativa que hayan obtenido título en universidades públicas y privadas legalmente reconocidas o en extranjeras revalidadas en el país, de los que han cursado carreras universitarias con duración mínima de 8 (ocho) semestres o 4 (cuatro) años, con respaldo decertificado de estudios, cuya asignación mensual del beneficio no supere la suma de guaraníes cuatrocientos cincuenta mil (450.000). Los profesionales que requieran indefectiblemente del título universitario para el ejercicio del cargo, del título universitario habilitante, será conforme a lo previsto en el anexo del PGN, señala el artículo 82 del Decreto reglamentario 20139 del 2003 y de los años posteriores (2004, 2005, 2006 y 2007).