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El espíritu del proyecto de Iragro que fuera consensuado con el sector productivo se mantiene, pero el documento sancionado salió distorsionado, porque se agregó un castigo de entre 2,5% y 5% a la producción de granos, además del artículo cuarto referente a la transferencia de precios, dijo el presidente de la Unión de Gremios de la Producción (UGP), Ing. Agr. Ramón Sánchez.
Comentó que la generalización del IVA con la devolución al sector industrial en un 50% sobre el 5%, con posibilidad de ampliación al 10%, es interpretada por la UGP como un impuesto a la exportación del 5% que está encubierto.
“El Iragro salió como un impuesto en combo, al decir que hay una devolución del IVA del 50% sin plazo y poniendo una devolución parcial”, acotó.
Recordó que la UPG esperaba que con el Iragro se lograría ampliar la masa tributaria, incorporando 135.000 nuevos contribuyentes e ingresando cerca de US$ 250 millones al Fisco por año desde el 2015.
Con relación al artículo cuarto de la ley, dijo que es un agregado, que se refiere a la transferencia de precios.
“Hoy el sector se financia con sistema de cierre de precio a futuro, de Chicago; el artículo cuarto no está muy claro y es preciso que se transparente, de lo contrario se pone en riesgo a todo el financiamiento del sistema soja, que implica una cifra superior a los US$ 2.500 millones”, apuntó.
Añadió que quienes financian son los proveedores de agroquímicos y de fertilizantes, entre otros, y que así como está el Iragro parará todo mientras no una exista regla clara.
“Vamos estudiar con más detalle el Iragro que salió y analizar una postura gremial”, finalizó Sánchez.
“Lo antes posible”, dice Cartes
El presidente de la República, Horacio Cartes, se comprometió ayer a promulgar “lo antes posible” el proyecto de ley que crea el Iragro.
Indicó que la norma será muy positiva para el país y que por eso su puesta en vigencia se hará en el menor tiempo posible. Agregó que con leyes de este tipo el Paraguay está dando pasos positivos. “Va a ser bueno para el país”, aseguró.
De acuerdo con la Constitución, el Ejecutivo tiene doce días hábiles para promulgar y poner en vigencia la ley.