Gobierno fija tope de US$ 2.500 para “pequeñas importaciones”

El Gobierno fijó ayer un tope máximo de US$ 2.500 dólares por importador para “pequeñas importaciones de carácter comercial ”. Sin embargo, todavía no está bien definido si ese límite será diario, quincenal o mensual.

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La decisión oficial, adoptada a través de la Unidad Interinstitucional para la Prevención y Represión del Contrabando (UIC), presidida por el Ministerio de Industria y Comercio, establece asimismo que las importaciones de mercaderías originarias del Mercosur tendrán las preferencias arancelarias, si se comprueba dicho origen en el momento de la verificación. No obstante, los sujetos de esta medida deberán abonar todos los impuestos vigentes en la República del Paraguay.

Además, están obligados a realizar una serie de trámites legales, como su inscripción como tales en la Subsecretaría de Estado Tributación (SET), a fin de obtener el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Asimismo, presentar la siguiente documentación obligatoria: cédula de identidad civil vigente y algún comprobante de servicio público propio o alquilado (ANDE, Essap, Copaco) para registrar el domicilio fiscal.

Agrega que Tributación, con el fin de acompañar la referida inscripción, estará instalada en las oficinas de las administraciones de aduanas de la Colonia José Falcón, Itá Enramada, Encarnación, Ciudad del Este (Puente). No obstante, advierte que se procederá a la inscripción, siempre que se cuente con la documentación requerida.

Dudas sobre plazos

Preguntado sobre cómo se va a controlar que se importe solamente US$ 2.500 por mes, afirmó: “Se van a adoptar medidas informáticas, interconectadas entre instituciones, a los efectos de ser previsible, aunque está por verse aún si van a ser efectivamente los US$ 2.500 por mes, para establecer la previsibilidad y el nuevo uso del régimen de simplificación para pequeños importadores”.

Pacotilla

Por otra parte, y pese a que en principio se venía manejando la posibilidad de la eliminación del “Régimen de Pacotilla”, que prevé una importación mensual para consumo personal o familiar (la comercialización está prohibida) de hasta US$ 150 mensuales, la UIC aclaró en la víspera que se mantiene vigente.

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