El Poder Ejecutivo limita por decreto las deducciones para el pago del IRP

La Presidencia de la República dio a conocer ayer el Decreto 6560, que modifica 34 artículos de la reglamentación del impuesto a la renta personal (IRP) para limitar las deducciones a los contribuyentes que fueron establecidas en 2012 como mecanismo para formalizar la economía. A criterio de Alba Talavera, del Colegio de Contadores, están desvirtuando el tributo.

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Las modificaciones abarcan los artículos 2, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 17, 18, 20, 22, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 36, 41, 44, 47, 48, 49, 51, 52, 53, 54 y 57 del Decreto 9371/2012, que reglamenta el referido impuesto a la renta personal.

Los cambios van desde el hecho generador, ingresos por ganancias de capital inmobiliario y mobiliario, ingresos por enajenación ocasional de inmuebles, cesión de derechos y venta de títulos; otros ingresos gravados, familiares a cargo, donaciones, gastos e inversiones, gastos e inversiones en el exterior, retenciones y otros.

Las nuevas reglas entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, con excepción de lo dispuesto en los artículos 24, 29 y 48, que regirán a partir del 1 de enero de 2017 y que guardan relación con las donaciones, gastos e inversiones en el exterior, agentes de retención. Los cambios rigen para el ejercicio 2017, que se paga en marzo de 2018.

Con esto se ponen límites a deducciones que los contribuyentes realizan para el pago del citado impuesto y que fueron establecidas en 2012 como mecanismo para formalizar la economía, lo que desde su anuncio ya motivó fuertes críticas de parte de empresarios y tributaristas.

Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay, dijo ayer que se está desvirtuando el IRP, porque se implementó como herramienta para formalizar la economía, pero ahora resulta que el Gobierno pretende que genere mayores ingresos, y eso puede ser contraproducente.

Sostuvo que se están desalentando las inversiones al considerarlas como gastos, y esto puede llevar a que la gente ya no invierta en el país, lo que podría generar a su vez problemas sociales.

Además, insistió en que los cambios recaerán siempre sobre los mismos contribuyentes que pagan y cumplen sus obligaciones, mientras aquellos que no lo hacen seguirán en la misma senda.

El Ejecutivo argumenta su decisión de modificar el IRP en que el Ministerio de Hacienda constató que el Decreto 9371 del año 2012 “ha venido generando un uso abusivo de las disposiciones en cuanto a las deducciones de gastos e inversiones que la Ley 4673/2012 admite deducir en el Impuesto a la Renta Personal (IRP)”.

Proyecto de ley para 2017

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, no solo modifica la reglamentación del impuesto a la renta personal, sino que también pretende presentar el próximo año al Congreso un proyecto de ley para establecer tasas progresivas para rentas del trabajo, tasas proporcionales para rentas del capital y gravar los ingresos en un 100%, establecer deducciones proporcionales, entre otros. El IRP rige desde el 1 de agosto de 2012, tiene una tasa del 10% para los que ganan por encima de 120 salarios mínimos y 8% para los de menores ingresos.

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