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El especialista señala que a pesar de presentar mejoras sustanciales con respecto al proyecto inicial, como límites más claros para cada grupo de contribuyentes, exigiendo a los que tienen mayores ingresos anuales (superiores a mil millones) que presenten su declaración vía régimen contable, y que los valores de las exportaciones se ajusten a los precios de mercado “de público y notorio conocimiento” para establecer la base de liquidación del Iragro; surgen dudas “al analizar la estructura de la ley aprobada por senadores”, ya que persisten algunos temas sumamente delicados que podrían restar eficacia en la capacidad recaudadora.
Explica que, en primer lugar, se observa que persisten algunas importantes deducciones. Por ejemplo, contribuyentes que se encuentren en el régimen de liquidación del contribuyente rural, cuyos ingresos oscilan entre G. 500 millones y G. 1.000 millones anuales, “podrán restar los bienes muebles del activo fijo para el cálculo de su renta neta, beneficio que no poseen los contribuyentes del Iracis en ninguna categoría”, comenta Ramírez.
Asimismo, considera que la devolución del IVA del 50% a los sectores exportadores de productos agropecuarios en estado natural y sus derivados podría representar una erogación, restándole eficacia al impuesto.
Por último, se plantea el tema de la capacidad de control.
“Si se cumplen las estimaciones y se agregan otros 80.000 contribuyentes agropecuarios, el Iragro tendría una base de 150.000 contribuyentes, con lo cual será sumamente difícil realizar un efectivo seguimiento, haciendo dudar que realmente se pueda recaudar las sumas siderales estimadas por los propulsores del tributo, que rondan los US$ 150 millones al año”, indica.