Denuncian que licitación de EBY deja fuera a empresas paraguayas

La margen paraguaya de Yacyretá aceptó endurecer las reglas del juego de una licitación para servicios de inspección de obras del brazo Aña Cua, que deja fuera de competencia a las empresas paraguayas, según los datos.

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La licitación de servicios de inspección de las obras civiles, montaje y puesta en marcha del equipamiento hidromecánico y electromecánico prevé un costo de US$ 15.900.000, que serán abonados dentro de los cinco años que duraría la maquinización del brazo Aña Cua.

Uno de los denunciantes, que pidió el anonimato, explicó ayer que en el ítem “proyectos hidroeléctricos” se exige al oferente al menos cinco contratos de provisión de servicios profesionales, de asistencia técnica, proyecto ejecutivo, ingeniería de obra, revisión de ingeniería o inspección “en los últimos 30 años”, para la ejecución de proyectos u obras de aprovechamiento hidroeléctricos “de magnitud comparable al licitado”.

Además, para ser considerada, cada provisión de servicio debe ser igual o superior al millón de dólares estadounidenses, y que el cómputo será proporcional a su participación si el antecedente se obtuvo como integrante de un consorcio.

En el caso de consorcios, la experiencia será considerada como la suma de experiencias de cada una de las empresas que los conformen y la de los subcontratistas nominados, que individualmente deberán acreditar como mínimo una experiencia de las requeridas y mencionadas.

En relación a obras de magnitud comparables, el pliego también establece que las empresas deberán demostrar por lo menos 10 contratos de provisión de servicios profesionales, de asistencia técnica, revisión de ingeniería o de inspección en los últimos 30 años para la ejecución de obras de proyectos energéticos o de infraestructura de magnitud de obra comparable a la licitada.

Según la denuncia, estas exigencias implican que cada empresa tiene que tener una experiencia similar al servicio que se está llamando, pero que es de “cumplimiento imposible”, dado que la única actividad en una obra hidroeléctrica es la que se tuvo con Itaipú, y las que trabajaron en aquel proyecto “hoy ya no están más”.

Añadió que esto también conlleva una violación del Art. 11°, del Tratado de Yacyretá, que establece que las empresas nacionales, tanto paraguayas como argentinas, deberán tener “prioridad” en las obras impulsadas por la binacional, y que la participación igualitaria (50% por cada parte) es un “requisito indispensable”.

Nuestra fuente afirmó asimismo que de tres puntos conflictivos, el primero (que exige hasta 30 años de experiencia) es el que prácticamente inhabilita a todas las empresas paraguayas; pero que si se elimina ese punto posibilitaría la participación de todas las empresas de origen local.

En cuanto al requisito de facturación, que dice que el oferente deberá acreditar una facturación promedio anual, a lo largo de los últimos tres ejercicios anuales de al menos US$ 5.500.000, el denunciante señaló que ese es un problema de monto nada más, pero que eventualmente obligaría a las empresas participantes a sumar a otras más, ya que en ningún lado dice que deba ser una facturación individual.

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