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El magistrado concluyó que el dirigente deportivo incurrió en el referido delito al calificar al futbolista con los términos de cuadrúpedo vestido de futbolista y animal, razón por la cual le impuso la condena de 200 días-multa, a razón de 200 mil guaraníes por día-multa.
Capurro estableció que 40 millones de guaraníes deben ser derivados al Estado. Los 10 millones de guaraníes restantes corresponden a la pena de composición, una suerte de multa accesoria destinada a la víctima a modo de reparación por el daño sufrido y en consecuencia deben ser entregados a Zelaya.
Durante el juicio, los abogados José Fernando Casañas Levi, Alvaro Arias y Rodolfo Gubetich solicitaron una pena de dos años de cárcel y una pena de composición de 50 mil dólares. A su vez, Puente, representado por los abogados Darío Caballero Bracho, Arturo Jara Avelli, Luis Samaniego, Diego Bertolucci y Enrique Lovera, solicitó su absolución de culpa y pena, por considerar que no cometió delito alguno.
Nosotros estamos satisfechos porque lo importante es que fue condenado, expresó el abogado Alvaro Arias, tras comentar que solicitarán a la Cámara que se eleve la pena de composición a 50 mil dólares.
Al respecto, Casañas Levi dijo que si bien la pena aplicada no fue la requerida por la querella, recién una vez que se conozcan los fundamentos del fallo analizará con sus colegas si insistirán o no en pedir pena de cárcel para Puente.
* Apelación: Los abogados Diego Bertolucci, Darío Caballero Bracho y Luis Samaniego Correa apelarán el fallo de primera instancia dictado por el juez Héctor Luis Capurro que condena al Dr. César Luis Puente, presidente de Cerro, al pago de una multa de 50 millones de guaraníes. Es como consecuencia de la querella promovida por Nelson Zelaya por declaraciones de Puente que las considera agraviantes.
Capurro estableció que 40 millones de guaraníes deben ser derivados al Estado. Los 10 millones de guaraníes restantes corresponden a la pena de composición, una suerte de multa accesoria destinada a la víctima a modo de reparación por el daño sufrido y en consecuencia deben ser entregados a Zelaya.
Durante el juicio, los abogados José Fernando Casañas Levi, Alvaro Arias y Rodolfo Gubetich solicitaron una pena de dos años de cárcel y una pena de composición de 50 mil dólares. A su vez, Puente, representado por los abogados Darío Caballero Bracho, Arturo Jara Avelli, Luis Samaniego, Diego Bertolucci y Enrique Lovera, solicitó su absolución de culpa y pena, por considerar que no cometió delito alguno.
Nosotros estamos satisfechos porque lo importante es que fue condenado, expresó el abogado Alvaro Arias, tras comentar que solicitarán a la Cámara que se eleve la pena de composición a 50 mil dólares.
Al respecto, Casañas Levi dijo que si bien la pena aplicada no fue la requerida por la querella, recién una vez que se conozcan los fundamentos del fallo analizará con sus colegas si insistirán o no en pedir pena de cárcel para Puente.
* Apelación: Los abogados Diego Bertolucci, Darío Caballero Bracho y Luis Samaniego Correa apelarán el fallo de primera instancia dictado por el juez Héctor Luis Capurro que condena al Dr. César Luis Puente, presidente de Cerro, al pago de una multa de 50 millones de guaraníes. Es como consecuencia de la querella promovida por Nelson Zelaya por declaraciones de Puente que las considera agraviantes.