Cargando...
CONCEPCIÓN (Aldo Rojas Cardozo, corresponsal). Los magistrados Julio López, Luis Mongelós y Gloria Torres condenaron a Hugo Diosnel Gill Torres (23), Graciela Samaniego López (23) y Nery López Silva (38) a 12, 10 y 4 años de cárcel. Los fiscales de la causa, Francisco Ayala, Federico Delfino y Guillermo Ortega, solicitaron la condena de 15 años de cárcel para los tres. El tribunal dictó su sentencia definitiva número 43, en la cual indica que quedó probado que tuvieron participación como apoyo logístico de los secuestradores del hacendado Fidel Zavala Serrati en octubre del 2009 en Paso Barreto, departamento de Concepción.
Gill Torres deberá guardar reclusión en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú; Samaniego López, en el penal de mujeres "Buen Pastor", y López Silva, en la Penitenciaría Regional de Concepción. Los jueces encontraron culpable a Hugo Gill y Graciela Samaniego por asociación criminal en grado de autores, y por secuestro como cómplices; en tanto que Nery López fue condenado por asociación criminal.
Los magistrados indicaron, entre otras cosas, en su resolución que a Gill y Samaniego no se les puede atribuir participación en el secuestro del hacendado porque fueron aprehendidos luego de la liberación, y además no fueron reconocidos por la víctima.
Aunque mencionaron que tuvieron beneficios porque portaban billetes que formaban parte del pago por el rescate de Fidel Zavala, comprobaron su colaboración con la banda de secuestradores después al secuestro.
Sobre la condena impuesta a Nery López, los magistrados señalaron que este resguardaba a los miembros del EPP que estaban dentro de su propiedad. Los integrantes de la banda armada necesariamente debían contar con gente externa que los ayudara para sobrevivir en los montes. Se comprueba la complicidad debido a que prestaba servicios al grupo que ejecutó el secuestro del ganadero Fidel Zavala.
Finalizada la lectura de la sentencia, los condenados Hugo Diosnel Gill y Graciela Samaniego expresaron, a gritos, frases como "¡Viva el EPP!", "¡Viva la lucha armada!" y "¡La justicia popular nos absolverá!" . Dijeron que reconocen y respetan la autoridad del Ejército del Pueblo Paraguayo.
Gill Torres deberá guardar reclusión en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú; Samaniego López, en el penal de mujeres "Buen Pastor", y López Silva, en la Penitenciaría Regional de Concepción. Los jueces encontraron culpable a Hugo Gill y Graciela Samaniego por asociación criminal en grado de autores, y por secuestro como cómplices; en tanto que Nery López fue condenado por asociación criminal.
Los magistrados indicaron, entre otras cosas, en su resolución que a Gill y Samaniego no se les puede atribuir participación en el secuestro del hacendado porque fueron aprehendidos luego de la liberación, y además no fueron reconocidos por la víctima.
Aunque mencionaron que tuvieron beneficios porque portaban billetes que formaban parte del pago por el rescate de Fidel Zavala, comprobaron su colaboración con la banda de secuestradores después al secuestro.
Sobre la condena impuesta a Nery López, los magistrados señalaron que este resguardaba a los miembros del EPP que estaban dentro de su propiedad. Los integrantes de la banda armada necesariamente debían contar con gente externa que los ayudara para sobrevivir en los montes. Se comprueba la complicidad debido a que prestaba servicios al grupo que ejecutó el secuestro del ganadero Fidel Zavala.
Finalizada la lectura de la sentencia, los condenados Hugo Diosnel Gill y Graciela Samaniego expresaron, a gritos, frases como "¡Viva el EPP!", "¡Viva la lucha armada!" y "¡La justicia popular nos absolverá!" . Dijeron que reconocen y respetan la autoridad del Ejército del Pueblo Paraguayo.