Denuncian ante el JEM a fiscales por mal desempeño de funciones en el caso Pavo Real

El abogado Alfredo Duarte Montiel denunció ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) a los agentes fiscales de la Unidad Especializada Contra el Crimen Organizado por mal desempeño en sus funciones y presunta negligencia en la investigación del caso Pavo Real. El escrito presentado señala que los fiscales acusaron a supuestos colaboradores del clan Pavão sin que se reúnan los requisitos exigidos por la ley, pero, llamativamente, no vincularon a miembros del círculo íntimo del narcotraficante Jarvis Chimenes Pavão, extraditado al Brasil.

Agentes fiscales Elva Cáceres, Ingrid Cubilla, Fabiola Molas y Osmar Segovia, denunciados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).
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De acuerdo al escrito de denuncia presentado digitalmente los fiscales Osmar Segovia, Fabiola Molas, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres, todos de la Unidad Especializada Contra el Narcotráfico y Crimen Organizado, incurrieron en los hechos de mal desempeño de funciones al inobservar los plazos procesales y dejar de presentar requerimiento conclusivo con respecto a varios de los imputados en la fecha fijada y que dicha omisión podría llevar a la extinción de la acción penal contra los presuntos integrantes clave que el Ministerio Público denomina como organización criminal.

Interpretación errónea de la ley

La denuncia resalta que los fiscales habrían realizado una interpretación errónea de los artículos 82 y 83 del Código Procesal Penal (C.P.P.), al afirmar que la declaración de rebeldía de un imputado interrumpe el plazo para la presentación del requerimiento conclusivo. Sin embargo, estos artículos especifican que la rebeldía no suspende la investigación, excepto en lo referente a resoluciones que pongan fin al proceso.

Esta interpretación no se alinea con la normativa, ya que los efectos de la rebeldía deben limitarse a la suspensión del proceso judicial, sin afectar el curso de la investigación fiscal. La denuncia señala que esta llamativa confusión ha impedido que se realicen acusaciones oportunas contra miembros del “Primer Anillo” del supuesto grupo criminal, como familiares cercanos de Pavão.

Falta de acusaciones y extinción de la acción penal

El 11 de julio de 2024, era la fecha límite para presentar el requerimiento conclusivo, no se formuló ninguna acusación contra los presuntos integrantes clave de la organización, incluyendo a Nair Chimenes (madre), Paulo Larson Dias (padrastro), Tallessa Ariany Santos Da Silva Pavão (esposa), Alexandre Rodrigo Chimenes Larson (hermano), Luan Pavão Nascimento (hijo), Suellen Monique Martínez Pavão (hija) y Juan Leandro Marques Alvarenga (yerno), quienes según la investigación realizada por los mencionados agentes fiscales realizaban visitas semanales a las unidades penitenciarias donde guardaba reclusión el narcotraficante Jarvis Chimenes Pavão.

En cambio, solo se acusó a supuestos colaboradores menores, como abogados, contadores y ex empleados. Es decir, solo 24 personas fueron acusadas de las 41 que en principio fueron imputadas y ya no podrán ser acusados en adelante por el principio de la perentoriedad de la Etapa Preparatoria prevista en el Art. 139 del C.P.P. Además, esas personas nunca prestaron declaración indagatoria prevista en el Art. 350 del C.P.P. que establece que en ningún caso el Ministerio Público podrá formular acusación, si antes no se dio oportunidad suficiente para la declaración indagatoria del imputado, en la forma prevista por el Código Procesal Penal.

El denunciante es el abogado Alfredo Duarte Montiel, quien está procesado en esa causa y actualmente cuenta con arresto domiciliario.

La denuncia sugiere que los fiscales, de manera intencionada, habrían facilitado la extinción de la acción penal en beneficio de los familiares de Pavão, calificando esta acción como una “maniobra dolosa”. Según rumores mencionados en la denuncia, los fiscales podrían haber recibido sobornos para actuar de esta manera, una acusación grave que requiere una investigación por parte de la Fiscalía General del Estado.

Implicaciones legales

Las acciones de los fiscales denunciados, violarían varias normativas y principios legales, incluyendo la objetividad (Art. 54 y 280 del C.P.P.), los procedimientos relacionados con la declaración de rebeldía (Art. 82 y 83 del C.P.P.), y la presentación de actos conclusivos (Art. 347 del C.P.P.). También se citan violaciones a los derechos constitucionales, al debido proceso y a la igualdad ante la ley, así como a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En el petitorio, el denunciante solicita Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que investigue a fondo estas acusaciones para determinar la responsabilidad de los fiscales en las presuntas irregularidades cometidas durante las diligencias en el caso Pavo Real.

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