El juez Penal de Garantías Nº 7 de feria Abog. Miguel Ángel Palacios Méndez, por Auto Interlocutorio (AI) Nº 14 del 5 de enero de 2024, no hizo lugar a la revisión de medidas cautelares solicitada por la defensa de Marcelo Ricardo Cabaña Santacruz y ratificó la prisión preventiva dispuesta por AI Nº 1067 del 21 de diciembre de 2023.
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Marcelo Cabaña enfrenta proceso penal por tráfico internacional de drogas, un hecho punible con una pena mínima de diez años de cárcel y una máxima de hasta 25 años de penitenciaría.
El expediente analizado está caratulado “Reinaldo Javier Cabaña Santacruz y otros s/ Ley Nº 1.881/02 Que modifica la ley Nº 1.340/88 y otros”, Nº 7388/2018.
Defensa alegó que hay condiciones para conceder medidas
La abogada Giselle María Gutiérrez Núñez, por la defensa de Marcelo Cabaña, solicitó la sustitución de la prisión preventiva por la aplicación de medidas menos gravosas. Argumentó que su defendido fue beneficiado con la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva en fecha 10 de noviembre del 2023, siendo la misma revocada por la Cámara de Apelaciones.
También dijo que Cabaña nunca obstruyó la justicia ni burló la misma y desde el primer momento que tuvo conocimiento del proceso abierto en su contra se ha puesto a disposición de la misma, como tampoco la defensa ha presentando ningún recurso dilatorio en la causa.
La abogada Gutiérrez, asimismo, alegó que un médico forense psiquiatra del Poder Judicial diagnosticó trastorno de pánico y trastorno de estrés postraumático. También agregó el diagnóstico de su médico tratante Dr. Natalicio González, el cual refiere que el mismo estuvo en tratamiento en los meses de noviembre y diciembre con diagnóstico presuntivo de trastorno esquizofreniforme y la Penitenciaría Nacional de Emboscada no es un ambiente propicio para su plena recuperación, indicó.
La defensa también alegó que su cliente fue víctima de un atentado en una institución penitenciaria, donde la protección de su seguridad personal es de exclusiva responsabilidad del Estado.
La abogada expuso que el procesado ya superó los cinco años en calidad de prevenido y que ya ha superado la razonabilidad de la duración de la prisión preventiva en atención a lo dispuesto en el Art. 236 del CPP, que establece que la prisión preventiva no podrá superar el tiempo de duración del procedimiento.
Para solicitar la sustitución de la prisión preventiva, Marcelo Cabaña presentó una fianza real de inmuebles por valor aproximado de G. 7.000.0000.000, como así también fianza personal del comerciante Roger Patyn Caballero, hasta cubrir la suma de G. 400 millones.
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Argumento del Juzgado para mantener la prisión preventiva
El juez Penal de Garantías Miguel Ángel Palacios resolvió mantener la prisión preventiva de Marcelo Cabaña porque los presupuestos tenidos en cuenta al momento de la adopción de la medida cautelar hoy estudiada aún persisten.
El juez sostuvo que la abogada alegó que su defendido se encuentra con prisión preventiva por un tiempo superior al plazo de duración del procedimiento previsto en el Art 136 del CPP. Sin embargo, el magistrado resaltó que en la referida norma también se establece que dicho plazo puede ser objeto de suspensiones, y considerando que a la fecha dicho plazo del procedimiento se encuentra vigente, resulta manifiesto que no se ha superado el plazo de duración del procedimiento.
El juez también consideró que la defensa solicitó la aplicación de medidas menos gravosas a la prisión, con el objeto de resguardar la integridad física de su defendido quien como consecuencia de un atentado sufrido en su lugar de reclusión, se encuentra con secuelas psicológicas y psiquiátricas.
Al respecto, señaló el juez que “es obligación de las instituciones penitenciarias que el mismo se encuentre con asistencia y tratamiento a los efectos de superar dicha situación, ya que la privación de libertad (sea de carácter preventivo o por condena) no puede ser entendida como un menoscabo a los derechos que ampara a toda persona de ser protegido en su seguridad, e integridad física, así como en el derecho a recibir asistencia médica y/o el tratamiento médico que se requiera”.
Por otro lado, la defensa con el objeto de desvirtuar el peligro de fuga latente con una medida menos gravosa, ha ofrecido fianzas personales e inmuebles de cuantía importante, ya declarados en audiencias anteriores y que obran en autos. El magistrado consideró y reiteró que si bien las cauciones reales, podrían significar la posibilidad de desvirtuar el peligro de fuga.
Empero no debe perderse de vista lo previsto en el art. 243° del CPP, que para evaluar el peligro de fuga se tendrá en cuenta no solo el arraigo, sino las facilidades que tenga para abandonar el país o permanecer oculto y/o la pena que podría ser impuesta con resultado del procedimiento.
Y, en ese sentido, considerando que los hechos punibles por los cuales se encuentra procesado el acusado Marcelo Ricardo Cabaña Santacruz, cuenta con márgenes penales bastante altos, resulta claro que la pena que podría imponérsele al mismo es elevada, circunstancia que permite inferir razonablemente al juez que el peligro de fuga se podría materializar en caso de otorgársele una medida menos gravosa, teniendo en cuenta su capacidad económica.
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“Cucho” Cabaña financió a Ulises Quintana, según Fiscalía
La acusación del Ministerio Público presentada en setiembre de 2019 y ratificada en mayo de 2022 contra “Cucho” Cabaña Santacruz es por los presuntos hechos de tráfico internacional y comercialización de drogas, asociación criminal y lavado de dinero, y en contra del diputado Ulises Quintana es por asociación criminal de la ley de drogas y supuesto lavado de dinero proveniente del narcotráfico.
El Ministerio Público afirma que la organización liderada por “Cucho” Cabaña introducía al Paraguay cargamentos de cocaína provenientes de Perú o Bolivia que luego eran trasladados al departamento del Alto Paraná, para después enviarlos al Brasil.
Además, el referido grupo delictivo inyectaba al sistema financiero paraguayo el dinero proveniente de dicho ilícito, siempre de acuerdo al relato del Ministerio Público en la acusación.
En cuanto al diputado por el Partido Colorado Ulises Quintana, la acusación fiscal señala que fue financiado por Cabaña Santacruz con el dinero fruto del narcotráfico para acceder al cargo en la Cámara de Diputados, con el único objetivo de que utilice su investidura parlamentaria, las veces que sean necesarias, para que la organización criminal liderada por Cucho ejecute, sin dificultad, sus actividades ilícitas.
El Operativo Berilo tiene 27 acusados.