Miguel Ángel Alvarenga, agente fiscal de la unidad penal Nº 1 de la Fiscalía zonal del distrito de Yguazú, departamento de Alto Paraná, presentó imputación contra cinco padres de familia que se negaron a cumplir con la obligación de proporcionar asistencia alimentaria a sus hijos menores, a pesar de las resoluciones judiciales que los obligaban a hacerlo.
Los imputados enfrentan cargos por el hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario y quedaron a disposición del Juzgado de Garantías.
Según las imputaciones, los procesados debían realizar depósitos específicos en cuentas judiciales habilitadas en el Banco Nacional de Fomento (BNF), de acuerdo con las resoluciones emitidas por diferentes Juzgados de la Niñez y Adolescencia. Al no cumplir con estas disposiciones, fueron denunciados ante el Ministerio Público.
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Deudas desde G. 800.000 hasta G. 22.000.000
Uno de los padres irresponsables solo realizó un depósito de G. 200.000 a favor de su hijo y adeuda G. 15.000.000. Según la sentencia definitiva del 7 de julio de 2022 del Juzgado de la Niñez, debía realizar depósitos mensuales de G. 800.000.
En otro caso, el imputado tenía la obligación de brindar una asistencia mensual de G. 600.000 a su hija menor, según la sentencia del Juzgado de la Niñez del 17 de marzo de 2022. Hasta la fecha de la imputación, acumula una deuda de G. 6.058.000.
Otro de los procesados estaba obligado a realizar depósitos mensuales de G. 350.000 en beneficio de su hijo, según la resolución emitida por el Juzgado del 17 de mayo de 2022. Sin embargo, nunca cumplió con la orden judicial, acumulando una deuda de G. 5.600.000 al momento del inicio del proceso.
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Por otro lado, otro de los imputados debía contribuir con una pensión alimentaria de G. 572.000, según la sentencia judicial del 21 de diciembre de 2021. Aunque cumplió parcialmente, aún adeuda la cantidad de G. 8.768.000.
Finalmente, el último de los procesados debía aportar una suma de G. 1.100.000 mensuales en apoyo de sus dos hijos menores, conforme a la resolución judicial del 28 de octubre de 2021. Pero, el sindicado nunca realizó los depósitos correspondientes, acumulando una deuda de G. 22.000.000.
Los nombres completos de los imputados se omiten de acuerdo con el artículo 29 del Código de la Niñez y Adolescencia, que prohíbe divulgar información que pueda identificar a menores víctimas o autores de hechos punibles.