Confirman elevada pena por atroz caso de feminicidio

La pena de 26 años de prisión por feminicidio quedó firme para Rafael Florentín por un atroz homicidio en el que perdió la vida una joven de 17 años de edad, embarazada de 5 meses, a quien incluso arrancaron el feto. El crimen ocurrió en el 2018 y el cuerpo fue encontrado a orillas de un arroyo en el distrito de Moisés Bertoni, Caazapá.

Rafael Florentín, condenado a 26 años por feminicidio.
audima

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por Auto Interlocutorio (AI) N° 1158, de fecha 19 de agosto de 2022, rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada por Rafael Florentín, por derecho propio y bajo patrocinio de la defensora pública Sinthia Vigo González, contra la Sentencia Definitiva N° 36 de fecha 14 de noviembre de 2019, dictado por el tribunal de sentencia, y contra el Acuerdo y Sentencia N° 6 de fecha 24 de abril de 2020, dictado por el Tribunal de Apelaciones, ambos de la Circunscripción Judicial de Caazapá.

La Sala Constitucional rechazó “in límine” la acción de inconstitucionalidad de Rafael Florentín, y lleva las firmas de los ministros Antonio Fretes, Víctor Ríos Ojeda y César Manuel Diesel Junghanns.

Acción extemporánea, presentada 3 horas más tarde

La argumentación de la Corte para el rechazo “in límine” es que la acción de inconstitucionalidad fue planteada fuera del plazo legal. La acción fue promovida el 8 de junio de 2020, a las 12:20. La notificación de la resolución de la Cámara de Apelaciones fue notificada el 19 de mayo de 2020, empezando a correr el plazo al día hábil siguiente, es decir, el 20 de mayo de 2020. De igual manera, debe considerarse que debe ampliarse el plazo de conformidad a lo que dispone el Art. 149 del Código Procesal Civil, debiéndose añadir 4 días más, ya que el tribunal que dictó la resolución impugnada tiene asiento en la ciudad de Caazapá, por lo que el plazo para deducir la acción venció el 8 de junio de 2020, a las 9:00.

Según lo que argumentó la Sala Constitucional, la acción de inconstitucionalidad del condenado Rafael Florentín, fue presentada 3 horas con 20 minutos más tarde del plazo en que debió hacerlo que era el 8 de junio de 2020, a las 9:00.

Antecedentes

Los miembros del tribunal de sentencia jueces Carlos Antonio López Acuña, Osvaldo Rivas Maidana y Ernesta Nelly Alderete Aranda, condenaron por unanimidad al acusado Rafael Florentín (34) a la pena privativa de libertad de 26 años de prisión, al verse probado el hecho punible de feminicidio, de la que resultó víctima fatal Silveria Beatriz Cabañas Pereira, quien en el momento del crimen ocurrido entre la noche y madrugada del 9 y 10 de febrero de 2018, contaba con solamente 17 años de edad.

El crimen se perpetró en la Compañía Corralito San Ramón, distrito de Moisés S. Bertoni, departamento de Caazapá.

También fue condenado en el juicio oral Arnaldo Chávez Florentín (26), sobrino de Rafael Florentín, a la pena de 22 años de prisión, en condición de coautor del feminicidio. Según el fallo del tribunal de sentencia, Chávez Florentín tuvo activa participación y dominio pleno para perpetrar el crimen de la joven mujer.

Arnaldo Chavez Florentin, condenado a 22 años de prisión.

Macabro crimen

El relato de la sentencia condenatoria de primera instancia N° 36 del 14 de noviembre de 2019, indica que los coautores junto con la víctima, se quedaron en un lugar determinado; luego asestaron con un machete contra el cuerpo de la víctima Silveria Beatriz Cabañas, causándole lesiones de consideración. De las lesiones que recibiera la víctima por parte de ambos acusados, en consecuencia, se ha producido su muerte, extrajeron de su cuerpo el feto y sus órganos; útero y ovarios. Posteriormente, ocultaron los restos mortales en una cuneta, entre gramillas y camalotes.

El 10 de febrero de 2018, entre la mañana y la tarde devolvieron los objetos prestados; la motocicleta de Francisco Gerónimo Matto y, los dos cascos de Ignacio González y el otro de Rosalía Báez Rotela.

El móvil del feminicidio

La sentencia refiere que el autor Rafael Florentín se ha motivado con el propósito de hacer desaparecer a la víctima, teniendo en cuenta que la misma ha quedado embarazada como consecuencia de una relación clandestina. Florentín quería evadir su responsabilidad y quedarse libre de cualquier compromiso, porque a la vez mantenía una relación amorosa con otra persona.

Para el efecto, Rafael Florentín persuadió a la joven a emprender un viaje con él, supuestamente para ir a trabajar e iniciar una vida juntos en una estancia ubicada en otra localidad, situación aprovechada para llevarla hasta el lugar donde finalmente ejecutó el atroz crimen.

“(...) después de recorrer 35 km desde Bertoni, el señor quien conducía la motocicleta simuló un desperfecto mecánico en el medio de la ruta y en un camino despoblado, ese momento ya fue aprovechado por la joven para descender de la motocicleta y alejarse de ambos, e intentó hacer una llamada telefónica a sus parientes para pedir auxilio, hecho que ofuscó de sobremanera a Rafael Florentín y luego de correr tras Silveria y lograr alcanzarla, extrajo un machete que llevaba consigo y aplicó un machetazo a la altura de la cabeza de la víctima, cayéndose al piso inmediatamente, situación que fue aprovechada por el señor Arnaldo Chávez Florentín para aplicar otro machetazo a la altura de la cabeza, produciéndole inmediatamente la muerte (...)”, relata la sentencia.

Con relación a Arnaldo Chávez Florentín, la sentencia sostiene que actuó motivado por el deseo de obtener un beneficio económico, propuesta que le fuera hecha por el coacusado.

Posteriormente, el fallo condenatorio de primera instancia fue confirmado por la Cámara de Apelaciones a través del Acuerdo y Sentencia N° 6 de fecha 24 de abril de 2020, de la Circunscripción Judicial de Caazapá.

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