El Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza María Luz Martínez e integrado por los jueces Elio Ovelar y Víctor Alfieri, en el final de juicio oral y público, condenó a 30 años de pena privativa de libertad, más otros 10 años correspondientes a medidas de seguridad. Además, dispuso que se mantengan las medidas de reclusión en la cárcel de San Pedro, tras declarar culpable a Matías Bilbao Fassardi del asesinato de Olga De Jesús Feliciángeli (72), ocurrido el 18 de febrero del año pasado.
“Nosotros, estando en este lugar ya escuchamos de todo, muy pocas veces de alguien que no siente nada si es que va a privarle a alguien de su vida. Vemos personas que sienten y otras que no sienten nada. Esto último se demostró en este juicio”, señaló la presidenta del Tribunal, María Luz Martínez, antes de dar conocer la pena.
En sus alegatos finales, la agente fiscal Claudia Aguilera solicitó al colegiado la aplicación de la pena de 30 años, más los 10 años de medida de seguridad, la querella ejercida por el abogado José Domingo Almada también solicitó la misma cantidad de años para Bilbao Fassardi, quien fue procesado por robo agravado y homicidio.
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El abogado querellante pidió la aplicación de dicha pena en atención a los hechos señalados en el artículo 105 - homicidio doloso, inciso 1, numerales 3, 4, 5 y 8, así como el artículo 167 - robo agravado, inciso 1 numeral 2.
En tanto que la defensa de Bilbao Fassardi, ejercida por la defensora pública Celeste Jara, solicitó una pena reducida de 15 años de cárcel, más dos años de medida de seguridad, pero que los dos primeros años el joven los cumpla en carácter de internado dentro de un establecimiento de desintoxicación.
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Asesinato cruel y alevoso
En su turno de presentar sus alegatos, el abogado querellante citó que el 18 de febrero de 2021, “las imágenes de seguridad de una de las cámaras, a las 4:47, captan a Bilbao ingresando sobre la calle Santa Rosa; vimos esas imágenes en este juicio, se lo ve con las características del pelo, de la remera negra, con la franja blanca, el número siete como se vio y se repitió”.
En otro momento, la cámara lo volvió a captar pero “con un brazo rígido y un aparato cuadrado en él. Era la tablet de la señora Olga Feliciángeli. Cuando lo captan a Matías Bilbao, él ya había asesinado cruelmente, alevosamente a una persona que ni siquiera tenía fuerza para defenderse. La apuñaló 18 veces con un cuchillo de 25 centímetros”.
Es un peligro para la sociedad
Al momento de presentar sus alegatos, la fiscala Claudia Aguilera señaló que en el prontuario policial de Matías Bilbao figuran los hechos de hurto agravado, violencia familiar, robo con resultado de lesión grave, robo agravado y homicidio doloso, estos últimos ya cometidos contra la señora Olga Feliciángeli. Añadió la agente que “fue escalando de hecho punible”.
Además, según se pudo demostrar a través de las evaluaciones psicológicas que el hoy condenado “no tuvo arrepentimiento y ni remordimiento” y que es “una persona calificada de alto riesgo”.
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Aguilera mencionó en otro momento que “la pericia psicológica concluyó que (Bilbao Fassardi) es una persona peligrosa para la sociedad, y que no solo odia a sus víctima sino también a la sociedad, aún cuando este vivía en un entorno privilegiado”.
Posteriormente, señaló Aguilera sobre Matías Bilbao que por el resultado de las evaluaciones ya no podrá readaptarse a la sociedad, ni en 40 años, por todos los problemas psicológicos que le fueron detectados.
Puede readaptarse
En sus alegatos finales, la defensora pública Celeste Jara manifestó que Bilbao “tiene la capacidad para readaptarse, por lo que pido su internación en un establecimiento de intoxicación por el plazo de dos años” y en ese sentido pidió al Tribunal tener en cuenta su edad y cuando estuvo encerrado realizó cursos en la Penitenciaría de Emboscada, donde tuvo buena conducta.
Así también, la auxiliar de justicia hizo mención al problema de adicción a sustancias estupefacientes que padece Matías Bilbao, por lo que se debió demostrar su real voluntad en el homicidio.
Cuestionó también que no se haya practicado la prueba de ADN a las células epiteliales de la víctima y compararlas con las del hoy condenado a modo de descartar cualquier tipo de duda dentro de la investigación. Jara añadió que tampoco se consideraron otras muestras, además de las de la remera del joven, pues también se levantaron muestras de la cocina del departamento contiguo al de la señora Feliciángeli.
En cuanto a las imágenes, la defensora pública indicó que “nadie puede afirmar que en esas imágenes (de las cámaras de seguridad) se haya visto el momento del ingreso. Alrededor del momento del ingreso se tejen varias conjeturas, en relación al escalamiento, porque indicios hay, la mancha en la pared, pero nadie puede afirmar eso”.