El pastor evangélico José Insfrán Galeano, acusado por lavado de dinero en el caso A Ultranza seguirá preso en la Penitenciaría de Máxima Seguridad Martín Mendoza, ubicada en Emboscada. Así lo resolvió hoy la jueza penal de garantías especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía de Bassani.
En una audiencia de revisión de medidas realizada hoy, el abogado Nelson López solicitó la revisión de medida restrictiva de libertad que pesa contra su defendido. Específicamente, el letrado planteó que Insfrán cumpla arresto domiciliario en una casa ubicada sobre Julia Miranda Cueto casi 12 de Junio, de Curuguaty. El letrado precisó que se trata de un local de la iglesia de su defendido (Avivamiento), debido a que los bienes famialires les fueron ”arrebatados anticipadamente”.
“No existe razonamiento alguno que justifique la prisión preventiva del Sr. José Alberto Insfrán Galeano en una penitenciara de máxima seguridad, encerrado 24 horas en una celda totalmente, sin ventilación, sin que pueda movilizarse fuera de dicho ámbito, considerando que a los efectos constitucionales y legales es inocente hasta que un tribunal lo condene con sentencia firme y ejecutorial, razón por la cual es inentendible la utilidad a los fines procesales de la prisión preventiva y sobre todo su ejecución, teniendo en cuenta que este instituto es de uso excepcional y solo para el caso que amerite a efectos de no entorpecer la investigación de la causa y no fugarse, condiciones que nunca han sido justificados por el Ministerio Público”, alegó el defensor.
En gran parte de su exposición, López alegó que la Fiscalía carece de suficientes elementos de convicción para sostener la acusación presentada contra su defendido e insistió en que sus derechos y garantías son sistemáticamente violentados.
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Defensa de José Insfrán solicitó arresto domiciliario o cambio de penitenciaría
“Mi cliente, a pesar del abuso que se comete con él, ha demostrado tener muy buena conducta conforme surge de la constancia presentada por esta defensa a través del sistema electrónico en donde se ha emitido un certificado que califica su conducta como “muy buena”, condición que debería ser tenido en cuenta a los efectos de un tratamiento más humano, es lo que vengo a solicitar y a implorar a esta Magistratura a pesar de tener consciencia del corporativismo reinante en su contra, en el que se evidencia la falta de independencia del Poder Judicial”, agregó López.
Finalmente, el defensor manifestó que en caso de que la primera petición no sea viable, se disponga la modificación de las condiciones de encierro que soporta su representado, disponiendo el cambio del lugar de reclusión a otra penitenciaria, pues reiteró, como ya lo hizo en otras ocasiones, que su defendido soporta la medida cautelar de prisión preventiva encerrado 24 horas al día.
En su contestación, el fiscal Deny Yoon Pak destaca que la defensa se limita a reiterar sus cuestionamientos al proceso en sí, pero no se refiere a los elementos que deben ser considerados para una eventual revisión de medidas.
“La defensa técnica en lugar de explicar por qué estos presupuestos ya no concurrirían, solamente se concentró en exponer básicamente sobre dos cuestiones particulares: sobre los hechos atribuidos por el M.P. sobre el régimen de cumplimiento de la prisión preventiva y una serie de exposiciones que se concentran en una hipótesis fáctica y jurídica alternativa como estrategia defensiva. Expuesto esto, la Fiscalía hace notar al Juzgado, que todo lo manifestado por el abogado defensor ya fueron resueltos por A.I. 286 del 27 de diciembre del año 2024, cuando este Juzgado decidió elevar esta causa a J.O.P. entonces no corresponde una nueva discusión en esta etapa del proceso penal y mucho menos corresponde en una audiencia de revisión que tiene por objeto estudiar la vigencia de los presupuestos de la prisión preventiva”, afirmó Pak, al solicitar el rechazo de la petición de la defensa.Es decir, en este momento, no existen circunstancias que hagan variar la situación procesal del acusado y que puedan ser consideradas por esta Magistratura para otorgar medidas menos gravosas.
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Rechazo de pedido y advertencia al defensor
Tras escuchar los argumentos de las partes, la magistrada Rosarito Montanía rechazó la concesión de arresto domiciliario solicitado por la defensa del pastor Insfrán Galeano. La magistrada destacó que los hechos expuestos por la defensa ya han sido estudiados y rechazados en audiencias anteriores realizadas en julio y en diciembre último, por lo que en la actualidad no existen elementos nuevos que ameriten la modificación de la prisión preventiva y consecuentemente, la aplicación de medidas menos gravosas.
Asimismo, destaca que estas decisiones han sido ratificadas en segunda instancia y recuerda que la defensa planteó igualmente una tutela ante un juzgado de ejecución para lograr la modificación de las condiciones de reclusión de Insfrán Galeano, que tampoco prosperó.
Respecto a la afirmación de la defensa de que no existe peligro de fuga debido a que Insfrán se presentó voluntariamente ante la justicia, la jueza explicó que no desconoce dicha situación, sin embargo, tampoco puede pasar por alto que el acusado estuvo prófugo de la justicia por mucho tiempo, incluso pese a la orden de captura nacional e internacional que pesaba en su contra. A criterio de la magistrada, esta situación demuestra su falta de voluntad de someterse al proceso penal.
“Tampoco podemos dejar de considerar que existen co-procesados, entre quienes se encuentra su esposa, que aún permanecen prófugos, por lo que podemos presumir, que cuentan con protección para evitar ser sometidos a la justicia, situación que probablemente se haya dado con el acusado José Insfrán, resultando hasta llamativo que ninguna autoridad policial haya advertido de su ubicación, en tanto tiempo”.
En la parte final de su resolución, la magistrada advierte al defensor del deber de litigar con respeto y cortesía, evitando expresiones injuriosas o de ataques personales tanto en contra del representante del Ministerio Público como de la titular del juzgado, pues de persistir en esta práctica podría ser objeto de sanción disciplinaria.
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Acusación en el caso A Ultranza
José Alberto Insfrán Galeano está acusado por presuntamente contribuir al esquema de lavado de activos del narcotráfico en favor del grupo del supuesto narco uruguayo actualmente prófugo Sebastián Marset y su hermano Miguel Ángel Insfrán, alias “Tío Rico”, el cual fue desbaratado en el megaoperativo antidrogas “A Ultranza Py” (2022).
Tras permanecer prófugo de la justicia por más de un año y medio, el 16 de noviembre de 2023 el líder evangélico se presentó ante el Ministerio Público. En principio, el pastor estuvo recluido en la sede de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), donde permaneció hasta en febrero de 2024, cuando fue trasladado a Emboscada por vía aérea en medio de un fuerte esquema de seguridad.