Denuncia contra hijo del exministro Fretes por presunto tráfico de influencias termina en “oparei”

A pedido del fiscal Giovanni Grisetti un juzgado desestimó la denuncia contra Asdrúbal Fretes, hijo del ex ministro de la Corte Suprema de Justicia Antonio Fretes; el ex presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) Jorge Bogarín y otras personas, sindicadas por presunto tráfico de influencias y otros hechos. La denuncia fue presentada en octubre del año pasado por la exjueza de Paraguarí Sady Barreto.

Asdrúbal Fretes Valenzano aparece junto a su pareja, Adriana Florentín Oliver, relatora de la Corte Suprema.Archivo, ABC Color
audima

El juez de Garantías Rolando Duarte (interino) hizo lugar al requerimiento del fiscal Giovanni Grisetti y desestimó la denuncia en contra de Asdrúbal Fretes, hijo del exministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Antonio Fretes; el Abg. Jorge Bogarín Alfonso, ex presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM); Claudio Vera Larroza, Gregorio Daniel Acosta Talavera y María Graciela Fariña Romero.

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La denuncia fue presentada el 1 de octubre de 2024 por la ex jueza en lo Civil y Comercial de Paraguarí Sady Carolina Barreto Torres por la presunta comisión de los hechos punibles de tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, producción y uso de documentos no auténticos, favorecimiento de acreedores, apropiación, lesión de confianza y asociación criminal.

La exmagistrada había argumentado que su denuncia obedece a un procedimiento de “apriete” del que supuestamente fue víctima, por parte de los denunciados, para torcer su voluntad en un caso que estaba a su cargo. Indicó que una empresa había utilizado sus conexiones con el poder para “montar” una causa en el JEM y lograr así su remoción del cargo de jueza en lo Civil de Paraguarí.

Al presentar su denuncia Barreto Torres puntualizó que los hechos datan de noviembre del año 2022, cuando Jorge Bogarín Alfonso ocupaba la presidencia del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en tanto que Antonio Fretes (padre de Asdrúbal) ocupaba aún el cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia.

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Argumentos para desestimar denuncia contra hijo de Fretes

En el pedido de desestimación denuncia, presentado el 27 de diciembre de 2024, el fiscal Giovanni Grisetti señala que los supuestos formulados en la denuncia realizada por la Abg. Sady Carolina Barreto Torres “no cumplen con las exigencias mínimas de tipicidad de los hechos punibles denunciados, así como de ningún otro hecho que pueda ser encuadrado dentro del catálogo normativo penal”, según resalta el escrito.

Grisetti agrega que “si bien los hechos referidos de manera aislada en el escrito de presentación efectuado por la abogada Sady Carolina Barreto Torres aparentan gravedad, surge necesario enfatizar, primeramente, que la misma se limita a especular conexiones entre los denunciados, sin siquiera arrimar elementos mínimos que permitan a esta agencia fiscal, avalar con el grado de sospecha requerido, la existencia de los mismos, como la participación relevante de los denunciados”, de acuerdo a parte de la fundamentación señalada por el juzgado de Garantías.

La exjueza Sady Carolina Barreto Torres (d) y su abogado Ovidio Arévalo, tras presentar la denuncia ante el Ministerio Público.

El agente del Ministerio Público destaca también que eje central de la denuncia hace referencia a actuaciones y decisiones tomadas por un órgano constitucional legítimamente constituido, como lo es el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, establecido en el artículo 253 de la Constitución Nacional y en la Ley 6814/2021, que está integrado a su vez, por dos ministros de la Corte Suprema de Justicia, dos miembros del Consejo de la Magistratura, dos Senadores y dos Diputados.

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Considerando lo referido, el fiscal Giovanni Grisetti puntualizó en su requerimiento que la disconformidad con lo resuelto en un proceso de enjuiciamiento de magistrados “no puede constituir un presupuesto de hecho punible.”

Hechos denunciados no constituyen delitos, según juez

Luego de realizar un análisis de todos los elementos obrantes en la carpeta fiscal, el juez de Garantías Rolando Duarte concluyó que no existe conexión fáctica ni legal alguna entre la decisión tomada por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y los individuos mencionados en la denuncia penal formulada por la exjueza Sady Barreto, consecuentemente, el magistrado señala que las afirmaciones denunciadas no constituyen hechos punibles, de conformidad a lo establecido en el Art. 305 del Código Procesal Penal y demás concordantes.

Giovanni Grisetti, fiscal que pidió la desestimación de la denuncia.

En lo que respecta a la Sentencia Definitiva N°13 del año 2024, a través de la cual el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados enjuició a la denunciante Sady Carolina Barreto Torres y posteriormente removió del cargo de Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Paraguarí; el magistrado afirma que no tiene facultades para analizar el contenido de dicha resolución, y que la denunciante puede recurrir por las vías adecuadas.

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Finalmente el juez Rolando Duarte resalta que por imperio del principio de legalidad, que establece que nadie será sancionado sin que los presupuestos de legalidad de la conducta y la sanción aplicable se hallen expresa y estrictamente descritos en una ley vigente con anterioridad a la acción u omisión que motive su sanción, la presente causa debe ser desestimada al tratarse de “hechos atípicos”, pues surge de manifiesto que el caudal fáctico objeto de la presente investigación no constituye hecho punible.

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