A través de un recurso de apelación general, María Lilia Contreras Saguier y Édgar Lemuel Torres Domanickzy, representantes de Prolife SA, arrendatarios del complejo deportivo Los Arrayanes procesados por la muerte de Rodolfo “Rolo” Núñez Scolari, recurrieron la resolución del juez penal de garantías Mirko Valinotti, quien a pedido de la fiscala adjunta Lourdes Samaniego les otorgó el sobreseimiento provisional.
En su escrito de apelación, el abogado César Alfonso insiste en que las diligencias a ser realizadas de acuerdo a las indicaciones de la fiscala Samaniego no son suficientes para variar la situación de sus defendidos.
“(...) en la resolución que es impugnada por esta defensa, no está expresando argumento legal susceptible de validar la posición asumida por el Ministerio Público representado por la Fiscal adjunta. El Juzgado tampoco presenta argumento alguno para explicar la supuesta pertinencia de los elementos de convicción que se pretende agregar, en relación a la supuesta participación de mis representados en los hechos investigados. La resolución impugnada por esta vía no se encuentra motivada ni basada en la norma legal para la aplicación de la figura prevista en el Art. 362 del C.P.P, sino que, ante la falta de fundamentación, la situación suscitada es la que está prevista en el art. 359 inciso 2) del mismo cuerpo legal”, alega.
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Querella acusó y pidió juicio para los cuatro arrendatarios de Los Arrayanes
Recordemos que en esta caso, la querella adhesiva- a cargo de la abogada Teresa Servín- acusó y pidió juicio oral y público para los cuatro procesados, es decir, los ahora apelantes,, la también arrendataria María Marcela Contreras Saguier y el subarrendario Óscar Daniel Ruiz Fernández, de Epro SA.
La situación del subarrendatario Óscar Ruiz -único acusado por la Fiscalía por supuesto homicidio culposo– se resolverá en una audiencia posterior, cuya fecha aún está en discusión.
En su acusación, Servín destaca que los acusados asumieron la responsabilidad a través de un contrato lícito, donde asumen mantener el lugar en circunstancias idóneas, más aun teniendo en cuenta que el mismo, fue abierto para el público en general. En este sentido, resalta la cuarta cláusula del contrato de fecha 11 de octubre de 2013, la cual refiere que queda a cargo del locatario las reparaciones de mantenimiento sobre todo el predio, muebles, artefactos, sistemas y/o desperfectos que ocurran durante el tiempo de locación del inmueble y trasladando la presente responsabilidad también a los sublocatarios por un contrato lícito.
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La querellante resalta la información proporcionada por el testigo Francisco Ramos Carballo (empleado del área de mantenimiento del Complejo Arrayanes), quien reveló que el tablero de la lumínica de la cancha 1 (donde ocurrió la tragedia), ya estaba instalada desde el momento que comenzó a trabajar en el Complejo Arrayanes, año 2005 y nunca se cambió.
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Rodolfo Nuñez Scolari murió electrocutado en la cancha
El 16 de setiembre de 2023, “Rolo”, de 27 años, falleció durante un partido de fútbol de un torneo de exalumnos del Colegio Técnico Nacional, que se realizaba en el local ubicado sobre la avenida Mariscal López casi Manuel Talavera. El joven falleció electrocutado al entrar en contacto con la electricidad de una torre de luz, al sentarse para descansar durante el partido.
Tras la tragedia salieron a luz numerosas irregularidades que determinaron la apertura de una investigación fiscal a los arrendatarios de los Arrayanes, pero que nunca alcanzó a la propietaria del local, María Virgina Napout.
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Además de las condiciones precarias en que se encontraban las instalaciones eléctricas del complejo deportivo -que también eran inadecuadas- se descubrió que el local funcionaba sin tener planos aprobados, sin licencia comercial y sin antecedentes de fiscalizaciones, a escasos 200 metros de la Municipalidad de Asunción.