La Fiscalía se ratificó el viernes pasado, ante el juez Otazú en su pedido de desestimar la causa N° 104/2024 caratulada como “Vicente Mario Battaglia Araújo y otros s/ lesión de confianza”, iniciada a partir de un reporte de la Contraloría General de la República. La institución señaló un supuesto perjuicio de G. 1.6 billones de guaraníes al Instituto de Previsión Social (IPS), bajo la administración de Battaglia en el periodo del 2022.
La fiscala adjunta de Delitos Económicos y Anticorrupción, Soledad Machuca, ratificó ante el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú el pedido de desestimar la causa.
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Ante esta custionada situación, el fiscal general Emiliano Rolón le pidió un informe con las fundamentaciones para esa solicitud, según informó ayer la Dirección de Comunicaciones del Ministerio Público.
La fiscala adjunta Soledad Machuca respondió que la causa se inici+o tras observaciones de la CGR, señaladas en su Reporte N° 53, elaborado tras auditoría interna hecha al IPS en relación al periodo 2022.
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Para Fiscalía, lo obsrvado por CGR no es hecho punible
En su Observación N°5, señaló que el Consejo de Administración del IPS aprobó préstamos por G. 425.000.000.000. Vicente Battaglia firmó un pagaré a sola firma, a favor de Interfisa Banco, por G. 65.379.679.514 más intereses, cuando debió ser G. 50.000.000.000 más intereses. Sin embargo, para Machuca, este hecho no pudo ser punible pues el pagaré por G. 65 millones se anuló el 10 de agosto de 2023 e intercambiado por un nuevo pagaré por G. 50 millones más intereses, por lo que no hubo daño patrimonial, según consideró.
En la Observación N° 12, CGR informó que IPS pagó G 1.157.694.787.925 a proveedores médicos y no tenía los comprobantes. Sin embargo, para Fiscalía no hubo daño patrimonial, porque “un informe técnico elaborado por perito contable del Ministerio Público refiere que ese monto es provisionado para pago de medicamentos que ingresaron al parque sanitario, que luego de un control por los departamentos administrativos correspondientes son pagados” y el IPS tenía todos los comprobantes.
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En su Observación N° 14, la Contraloría indicó como irregular que el préstamo de G. 425 millones no haya sido presupuestado en el ejercicio 2022. Pero, para la Fiscalía esto no constituye hecho punible, ya que observó que la Ley N° 7037/2022, de financiamiento, fue promulgada el 29 de noviembre de 2022, posterior a la elaboración del presupuesto, siendo esta una cuestión meramente administrativa.
Contraloría expuso en su Observación N° 24 que IPS no remitió los documentos de conciliación de la diferencia de G. 10.607.631.653, entre el saldo de resultado y la ejecución presupuestaria de gastos de subsidio por marternidad.
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Para el Ministerio Público, esto tampoco constituyó la comisión de un hecho punible, pues informe mediante, elaborado por un perito fiscal, se corroboró que efectivamente el pago del saldo flotante no se hizo al cierre del periodo 2022, pero sí a finales del mes de febrero de 2023, por lo que no existe una deferencia de saldo.
En cuanto a la Observación N° 25 de la CGR, refirió la existencia de una diferencia de G. 21.731.928.931 en los meses de junio y diciembre de 2022. Al respecto, la Fiscalía refirió que esta es similar a la anterior, pues si bien la obligación de pago para el IPS pudo surgir en junio de 2022, tuvo plazo para cumplir con su obligación hasta el mes de febrero de 2023.
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Efectivamente, según informe de un perito técnico de la Fiscalía, el IPS realizó los pagos en febrero de 2023 de acuerdo con el cotejo a las documentaciones remitidas por la previsional, por lo que a consideración de Machuca tampoco es un hecho punible.
Estos fueron los argumentos de la adjunta para ratificar el pedido fiscal.
Juez queda sin otra salida
El juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú ahora quedó sin opciones y deberá resolver conforme al pedido de desestimación de la causa contra el expresidente del IPS Vicente Battaglia (cuyos defensores son Andrés Casati y Arturo Daniel) por supuesta lesión de confianza, por el perjuicio de G. 1.6 billones a la institución, según denunció la Contraloría.
Esto, según lo establecido en el artículo 314 del Código Procesal Penal (CPP), que dispone que el juez podrá rechazar la petición del Ministerio Público, tal como lo hizo el 11 de noviembre, tras el pedido hecho por los fiscales Jorge Arce, Luis Piñánez y Néstor Coronel el 31 de octubre, de desestimar la citada causa.
El 12 de noviembre los tres agentes fiscales se ratificaron en su pedido. En consecuencia, el magistrado volvió a oponerse a este el pasado 18 de noviembre y por ello la causa quedó en manos de la fiscala adjunta, Soledad Machuca, quien el pasado el 6 de diciembre, por Dictamen N° 1492, se ratificó en este pedido.