En virtud a la Ley N° 2319/2006, que establece funciones y competencias de la Superintendencia de Salud, creada por Ley N° 1032, de fecha 30 de diciembre de 1996, “Que crea el Sistema Nacional de Salud”, se aprobó en la Resolución CNS N° 003, del 29 de agosto de 2024.
Dicha ley “por la cual se autoriza la realización del llamado a concurso público de título, méritos y aptitudes para el cargo de superintendente de salud, se aprueba el reglamento del concurso, el perfil y matriz de evaluación y el cronograma de concurso y se conforma la comisión de selección y equipo técnico de apoyo para el mismo”.
El inicio de la publicación del proceso se da este miércoles 4 de septiembre, y se extiende hasta el viernes 13 de septiembre de 2024 (10 días corridos).
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El perfil y la matriz del cargo a postular, los requisitos generales, el cronograma, la nota de postulación, la documentación requerida y las bases del concurso, entre otras informaciones, se encuentran disponibles la página web.
La postulación deberá ser tramitada en forma personal por el aspirante, del 16 al 20 de septiembre de 2024, ingresando a la plataforma del concurso.
Postulante debe registrarse si no posee cuenta
- Registro en el cual deberá llenar los siguientes campos.
- Cédula de identidad.
- Correo electrónico (debe ser activo, teniendo en cuenta que deberá ingresar al correo declarado en el registro para verificar cuenta y, con ello, activar su usuario).
- Contraseña (la longitud de la contraseña debe ser mayor de al menos 8 caracteres).
Las consultas referentes a las condiciones del proceso, se podrán realizar desde el primer día de la publicación del llamado, a través de la siguiente dirección de correo electrónico: dpto.gestiondelempleo@mspbs.gov.py
Círculo Paraguayo de Médicos había presentado acción judicial
Actualmente, está a cargo de la Superintendencia de Salud el doctor Roberto Melgarejo, quien asumió por disposición de Salud Pública y el Poder Ejecutivo en abril pasado.
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Su nombramiento fue cuestionado por el Círculo Paraguayo de Médicos (CPM), que presentó una acción judicial afirmando que el cargo solo puede ser ocupado por una persona nombrada por el Consejo Nacional de Salud.
La designación de Melgarejo “se funda en una solicitud del Ministerio de Salud Pública que carece de las prerrogativas para proponer el nombramiento”, afirmaba el CPM en un comunicado emitido en junio pasado.
En el documento se afirmaba también que el superintendente de Salud debe ser elegido por el Poder Ejecutivo de entre los integrantes de una terna seleccionada por el Consejo Nacional de Salud, en un concurso público de títulos, méritos y aptitudes.