Caso Pavo Real Py II: hija de Lalo Gomes acusa a fiscales ante el JEM

La hija del diputado Eulalio Gomes, Larissa Rodríguez Gomes, bajo patrocinio del abogado Óscar Tuma, presentó acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) contra los fiscales Osmar Segovia, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres por presunto mal desempeño de funciones. El lunes habían acusado al juez Osmar Legal ante el mismo órgano.

Los fiscales Osmar Segovia, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres, están a cargo de la investigación enmarcada en el caso Pavo Real Py II.ABC Color
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La hija del legislador fallecido el lunes 19 de agosto, Eulalio “Lalo” Gomes Batista, Larissa Rodríguez Gomes, bajo patrocinio del abogado Óscar Tuma, presentó acusación este martes contra los fiscales antidrogas Osmar Segovia, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres, ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), señalando que los mismos incurrieron en mal desempeño de sus funciones.

En el escrito presentado ante el órgano juzgador se señala que hubo insuficiencia de elementos de sospecha pues “la imputación se limita a describir de manera vaga general los supuestos hechos atribuidos a mi defendido, sin ofrecer detalles concretos que permitan establecer una relación lógica y directa entre los hechos denunciados y la participación”.

En otro apartado sostiene la hija del extinto diputado, a través de su abogado, que la existencia del hecho punible sin acompañamiento de pruebas constituye una violación a los principios del debido proceso y presunción de inocencia. Además, indica que los fiscales actuaron arbitrariamente porque no expusieron una argumentación detallada y motivada en la imputación.

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Entre otros aspectos, la acusadora indicó otros hechos como la falta de precisión en la participación de los imputados, la inexistencia de descripción precisa del hecho y, la extinción de la causa respecto a Lalo Gomes. Sobre este último punto, sostiene que al momento de presentar la imputación, uno de los investigados ya estaba muerto.

El diputado fallecido Eulalio "Lalo" Gomes era investigado por sus vínculos con la estructura de Jarvis Chimenes Pavão, en cuanto a la actividad de lavado de dinero.

Igualmente, incluyó otros hechos relacionados al lugar del procedimiento. Así, mencionó la alteración de la escena de los hechos, entre ellos, la alteración de la escena del crimen, la contaminación de la evidencia, implicancias legales, violación de protocolos de procedimiento y el informe médico forense, haciendo referencia a lo dicho por el Dr. Pablo Lemir, que indicó tras la autopsia de que Lalo Gomes murió instantáneamente.

Familia de diputado también denunció a juez ante el JEM

El representante legal de la familia del diputado Eulalio “Lalo” Gomes, Óscar Tuma, presentó este lunes último una acusación por mal desempeño en sus funciones contra el juez Osmar Legal ante el JEM. Legal fue quien firmó la orden de allanamiento, procedimiento durante el cual se registró la muerte del legislador cartista en su domicilio.

De acuerdo con el escrito presentado por Tuma en mesa de entrada del jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), y dirigido a la presidenta del mismo Alicia Pucheta, señalan cuatro errores en los que incurrió el magistrado al momento de emanar su orden de allanamiento en el marco del caso Peacock (pavo real en inglés) o Pavo Real Py II.

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  • Lugar de la dirección: esto hace referencia a que la orden de allanamiento utilizó la palabra “Rua” en portugués para nombrar la dirección del domicilio allanado. “Este error es particularmente relevante, ya que el uso de un término en un idioma no oficial en un documento de carácter judicial puede llevar a confusiones innecesarias”, menciona el escrito.
  • Falta de justificación clara para el allanamiento nocturno: según la acusación, se permitió la realización del procedimiento en horario nocturno sin que se haya presentado una justificación específica que demostrara la necesidad imperiosa de dicha medida.
  • Falta de identificación de las personas a detener: en este punto, en la orden de allanamiento se omite la identificación clara y precisa de las personas a ser detenidas, refiriéndose únicamente a “personas sospechosas”.
  • Duración del mandamiento no especificada: el último error que se menciona es la ausencia de una referencia expresa sobre la vigencia temporal del mandamiento, lo que constituye un incumplimiento a las normas.

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