El juicio para la medición de la pena a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Natalia Hermosa iniciado el 30 de julio pasado concluyó esta tarde con la condena de dos años de pena privativa de libertad para las dos, por su responsabilidad en el homicidio culposo de la joven María Sol Chávez.
El fallo fue dictado por el Tribunal de Sentencia presidido por Laura Ocampo e integrado por Fabián Weisensee y Cándida Fleitas, que dispuso además la inhabilitación de ejercer la profesión para la odontóloga, por dos años y seis meses. La sentencia establecida corresponde al voto en mayoría de los dos primeros. La magistrada Cándida Fleitas votó por aplicación de una condena de 3 años de cárcel para ambas.
El Tribunal de Sentencia no precisó si dispondrán la suspensión a prueba de la condena, que es factible en casos de pena hasta dos años de reclusión.
La sentencia fue recibida con indignación por familiares y amigos de la víctima, que exigían la pena máxima para ambas y anunciaron que recurrirán a instancias superiores en busca de un castigo acorde al daño ocasionado.
Lea más: Se inició juicio para medición de penas por muerte de Sol Chávez
La universitaria María Sol Chávez seguía un tratamiento odontológico con la doctora Lilia Graciela Espinoza, quien le recetó flúor de 1 gr (comprimidos) refiriéndole que debía consumir dos comprimidos por día, por dos semanas.
El 8 de abril de 2021 Sol logró que Sandra Hermosa, de Botica Magistral, prepare el medicamento recetado.
María Sol Chávez, de 22 años, falleció el 9 de abril de 2021 a las 22:15, tras ser internada en el Sanatorio San Martín de Asunción, a causa del consumo excesivo de flúor.
Fiscalía pidió condena de 5 años e inhabilitación por muerte de Sol Chávez
La acusación estuvo a cargo de la fiscala Teresita Torres quien, tal como lo había hecho en el primer juicio, solicitó la pena de cinco años de cárcel para ambas acusadas, además de la inhabilitación para ejercer sus respectivas profesiones por el mismo tiempo.
Idéntica pena -cinco años de cárcel e inhabilitación- solicitó para ambas acusadas el abogado querellante José Armoa, quien representa a los padres de Sol Chávez. El letrado enfatizó que es un peligro para la sociedad que profesionales que cometieron este tipo de negligencia médica sigan trabajando en el ámbito de la salud.
Este mañana, el abogado defensor César Alfonso presentó sus alegatos finales, ocasión en que pidió una pena de 2 años de cárcel con suspensión para la bioquímica Sandra Hermosa. El viernes último, el abogado Derlis Céspedes hizo lo propio en representación de la odontóloga Espinoza, para quien solicitó una condena de seis meses de pena privativa de libertad, con suspensión a prueba a cambio de trabajos comunitarios.
Sentencia dictada en primer juicio por muerte de Sol Chávez, anulada
En el primer juicio realizado por el caso, en agosto de 2023 la odontóloga y la bioquímica fueron condenadas a 4 y 3 años de pena, en ese orden. El Tribunal de Sentencia presidido por el juez Héctor Capurro e integrado por María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo, descartó la inhabilitación solicitada por el Ministerio Público.
Lea más: Caso Sol Chávez: condenan a 4 y 3 años de cárcel a odontóloga y a química-farmacéutica
Este fallo fue parcialmente anulado en marzo pasado por un Tribunal de Apelación que consideró que se cometieron errores en la medición de la pena y ordenó la realización de un nuevo juicio para subsanar esta irregularidad.