Juez rechaza chicanas planteadas por Wilfrido Cáceres y estudiante de odontología

El juez Rodrigo Estigarribia rechazó los incidentes de prejudicialidad y de nulidad de la notificación, planteados por Wilfrido Adrián Cáceres Flores, ex administrador del intendente Óscar “Nenecho” Rodríguez, y la estudiante de odontología Camila Monserrat Ramírez Gómez, respectivamente. Ambos están procesados por varios hecho y mañana debe hacerse su audiencia de imposición de medidas.

Wilfrido Cáceres, procesado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.Archivo, ABC Color
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El juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia, a través del AI N° 193 rechazó el incidente de prejudicialidad planteado por los abogados Gustavo Erico y Christian Gwynn, defensores de Wilfrido Cáceres, ex asesor financiero del jefe municipal de Asunción Óscar “Nenecho” Rodríguez, que fue imputado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos por el fiscal Silvio Corbeta.

La defensa de Wilfrido Cáceres planteó el incidente en base a que el juez admitió la imputación fiscal, que tuvo como base un dictamen de correspondencia de la Contraloría General de la República (CGR), siendo que dicho informe fue cuestionado con un amparo constitucional, el 15 de julio de 2022, garantía que hasta hoy no ha sido resuelta.

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Es así que a través de este planteamiento, Wilfrido Cáceres busca frenar la realización de la audiencia de imposición de medidas que está fijada para este martes 4 de junio, en el marco de la causa “Wilfrido Adrián Cáceres Flores y otros s/ enriquecimiento ilícito Ley N.º 2523/2004 - 5.500 Jornales (Delitos Econ.)”.

La cocina de la mansión de Wilfrido Cáceres tiene una isla central con una barra, anafe y extractor.

El fiscal Silvio Corbeta señaló en su contestación que, “la defensa refiere a una supuesta prejudicialidad existente, situación que no es requerida por la normativa penal para que se configure el tipo penal de enriquecimiento ilícito. Es decir, para la defensa se deben resolver otras circunstancias relativas tales como la acción de inconstitucionalidad presentada relativo al informe de ausencia de correspondencia y ausencia de veracidad de la CGR, que se halla pendiente de resolución en la Sala Constitucional y que por tanto, la imputación no puede ser tenida como válida o que debió haber sido tenido en cuenta por esta Representación Fiscal”.

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Proceso no depende de cuestión extrapenal, sostienen

Agregó el fiscal que “esta situación planteada claramente no corresponde debido a que la normativa no requiere que se resuelva una cuestión previa para la configuración del delito investigado”, Además, “los mismos son hechos de acción penal publica, que no depende de ningún otro proceso extrapenal para su subsunción”.

El juez analizó y refirió que “el examen de correspondencia es un elemento sospecha que no afecta a los elementos constitutivos del tipo penal de Enriquecimiento Ilícito pues, si bien es una dato, no es suficiente para confirmar la punibilidad de una persona”, por lo que sostuvo que procedía el rechazo.

Un deck rodea la piscina de Wilfrido Cáceres, junto a la cual se construyó un hidromasaje al aire libre. En el patio hay cuatro juegos de jardín, una mecedora colgante, varias reposeras y vegetación exótica.

El fiscal Silvio Corbeta, imputó al exasesor financiero del intendente municipal de Asunción, Wilfrido Cáceres, el pasado 12 de mayo. También allanó su lujosa mansión, la cual construyó sobre dos terrenos de San Lorenzo, que había adquirido por G. 100 millones, en periodo de pandemia. Dicha edificación, después, habría sido objeto de una simulación de venta a Camila Ramírez, por G. 100 millones, para ocultar sus bienes.

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Magistrado rechazó chicana de procesada

Estigarribia también rechazó, por medio del AI N° 194, el incidente de nulidad contra la notificación planteado por el abogado Francisco Velázquez, quien ejerce la defensa de Camila Ramírez, estudiante de odontología y secretaria en la clínica de Ruth Jazmín Da Silva Almirón, esposa de Wilfrido Cáceres.

La defensa de Camila Ramírez atacó la notificación de la admisión de la imputación y de la convocatoria a la audiencia de imposición de medidas, pues según su escrito, la misma no se efectuó en el domicilio real de la procesada, sino en el del coprocesado Wilfrido Cáceres, señalando su indefensión.

Sala de estar. Un sillón en L con su chaise longue y un enorme televisor.

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El Ministerio Público, representado por Silvio Corbeta, contestó el incidente señalando que “podría hasta resultar irónico, pero de la lectura del presente incidente podemos concluir que la circunstancia expresada por el incidentista en relación a la providencia del Acta de Imputación presentada por el Ministerio Público en contra de Camila Ramírez, Wilfrido Cáceres y Ruth Da Silva, y posterior notificación a la misma, no ha ocasionado agravio alguno, ya que esta al fin y al cabo ha cumplido con su finalidad sustancial, que no es otra cosa más que ponerle a conocimiento del inicio del presente proceso penal”.

Por su parte, “el juzgado estima que no existen motivos suficientes para anular una cédula de notificación pues según constancias llegó a conocimiento del abogado de la defensa quién según carta poder representa a la imputada Camila Ramírez”.

Intervención de Senabico sobre bienes, a pedido del fiscal

El fiscal de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción Silvio Corbeta Dinamarca solicitó el rechazo del incidente innominado planteado por la defensa, tras destacar que su actuación se realizó de acuerdo a la normativa legal vigente y que todo lo actuado se encuentra documentado.

Corbeta explicó que en atención a que la Senabico es el órgano técnico encargado de la guarda, custodia y administración y destino de los bienes de interés económico incautados o comisados, solicitó a la referida institución la constitución de funcionarios para realizar los procedimientos propios para la recepción, identificación, inventario, registro, preservación, custodia de los bienes incautados de interés económico o de valor equivalente bajo los principios de eficiencia y transparencia de la función pública.

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“Así mismo, corresponde mencionar que al momento de ingreso a la vivienda se pudo verificar que esta sería una construcción de gran estructura en su edificación (tipo mansión), decorada con materiales y terminaciones de primera calidad, observando que en su interior se encontraba equipada con muebles modernos, electrodomésticos de lujo - última generación empotrados (acero inoxidable), equipos de audio, cabina insonorizada de grabación y percusión, varios instrumentos musicales, mezcladoras y consolas profesionales, obras de arte (cuadros), arañas colgantes, etc., que a la simple vista serían susceptibles de un gran valor comercial, muy superior a los treinta (30) jornales establecidos por Resolución N° 226/2023; razón por la cual a fin de precautelar los bienes, conservar o mantener la productividad o valor de los bienes, esta Representación Fiscal ha solicitado a la SENABICO, (...) que se constituyan en el lugar los funcionarios de la institución (...)”, resaltó el fiscal.

El quincho de Wilfrido. En los estantes se pueden ver bebidas espumantes, vinos y licores. Además, hay una enfriadora de vinos, un visicooler, una heladera de acero inoxidable y una fabricadora de hielo.

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