La apelación presentada ayer por la fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Belinda Bobadilla es contra el Auto Interlocutorio N° 167 del 22 de abril de 2024 por el que el juez de Paz de Benjamín Aceval, Roberto Ferreira, resolvió el sobreseimiento definitivo del diputado cartista Rubén Roussillón Blaires, de la causa penal por presunta complicidad en la lesión de confianza que causó un perjuicio de G. 853 millones a la Gobernación de Presidente Hayes.
De acuerdo a la acusación fiscal el ahora parlamentario colorado habría cobrado de forma irregular 41 cheques de la Gobernación, entre los años 2008 y 2013, durante la gestión del entonces gobernador Óscar “Ñoño” Núñez, condenado en un juicio oral a 11 años de cárcel por el desvió de G. 42.500 millones de la institución chaqueña.
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Sin embargo, luego de la audiencia preliminar el juez Roberto Ferreira concluyó que la efectivización de los cheques de la Gobernación de Presidente Hayes “está justificada”, alegando que existe un contrato entre la institución departamental y la estación de servicios que pertenece a Roussillón, así como la presentación de facturas y boletas de remisión por provisión de combustibles a la Gobernación.
Sobre el punto Bobadilla señala en su apelación que el contrato existente en el expediente judicial es entre la firma Copetrol y el surtidor dellegislador, es decir no tiene vinculación alguna a la Gobernación de Presidente Hayes, como argumenta el juez de Paz chaqueño.
Por lo tanto, la agente argumenta que es imposible afirmar que por la existencia de un contrato entre firmas completamente ajenas a la Gobernación, la institución departamental haya recibido la prestación que debiera darse como consecuencia de la efectivización de los 41 cheques por parte del legislador Rubén Roussillón.
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Pide nueva preliminar para diputado
Por otro lado el juez de Paz Roberto Ferreira alegó el sobreseimiento definitivo de Rousillón, indicando que la acusación fiscal “es nula” porque incluyó pruebas que el juez de Garantías Cristian González, quien en marzo de 2022 dictó el sobreseimiento provisional de Rousillón, no ordenó realizar.
Al respecto, la fiscala de Delitos Económicos resalta que la conclusión del juez Roberto Ferreira carece de toda lógica por no ajustarse a una interpretación sistemática de las normativas aplicables al caso, según parte del escrito de apelación.
“No es lógico sostener que todas las diligencias hechas por el Ministerio Públicos, antes de un sobreseimiento provisional, no serían válidas o no podrían incluirse en una acusación presentada luego del plazo en que el proceso permaneció en suspenso por la declaración de desvinculación provisional del encausado”, puntualizó la agente anticorrupción.
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Con estos argumentos la fiscala Bobadilla pide a la Cámara de Apelaciones que anule el sobreseimiento definitivo de Roussillón y envíe el expediente a otro juzgado para una nueva preliminar.
Valoró pruebas, cuestiona fiscala
En su apelación la fiscal anticorrupción fundamenta que el juez de Paz Roberto Carlos Ferreira valoró pruebas durante la audiencia preliminar, cuando la normativa solo le permite ver la pertinencia, utilidad y licitud de todas las evidencias presentadas por la fiscalía.
La agente Belinda Bobadilla agrega en su escrito que el magistrado, además de violar la ley al realizar valoración de pruebas, solo consideró pruebas de la defensa.
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“El juez se ha extralimitado en sus facultades legales al realizar una valoración de pruebas que por demás, ha sido totalmente sesgada desde el momento en que sólo consideró pruebas de la defensa que no fueron invocadas al momento de alegar su pretensión de desvinculación definitiva del proceso”, destacó la fiscala.