En la resolución a través de la cual da trámite de oposición a la salida ligth planteada por el Ministerio Público en un caso de violencia familiar, la jueza penal de garantías Diana Carvallo recordó que la expectativa de pena de acuerdo a la calificación presentada por la Fiscalía es de hasta 8 años de cárcel.
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Además de ello, la magistrada destacó la importancia de considerar la creciente ola de este tipo de hechos punibles a nivel nacional, máxime considerando que en el caso sometido a estudio, hay un histórico de denuncias anteriores.
“Teniendo en cuenta que según el relato de hechos, esta no sería la primera vez que el procesado habría realizado actos de violencia en contra de la Srta. (víctima). Sumado a ello, se debe tener en cuenta la creciente ola de este tipo de hechos a nivel nacional, situación que no puede ser ignorada por esta Magistrada al momento de analizar la aplicación de una salida procesal alternativa al juicio oral y público, en virtud de la cual se prescinde de avanzar a la siguiente etapa procesal”.
Con estos argumentos, la magistrada titular del juzgado penal de garantías N° 5 dio trámite de oposición al requerimiento presentado por la fiscala María Eusebia Segovia y ratificado en audiencia por su colega Fátima Villasboa.
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Fiscalas solicitaron suspensión condicional del procedimiento
Las agentes solicitaron la suspensión condicional del procedimiento para Dionisio Israel Molinas Aguilar, imputado por agredir verbal y físicamente a su joven pareja, con quien llevaba viviendo tres meses.
Específicamente, las fiscalas solicitaron la imposición de las siguientes reglas de conducta a ser cumplidas por el procesado durante 1 año :
- Residir en el lugar determinado;
- Prohibición de acercarse a la víctima (cuyo nombre omitimos para evitar la revictimización);
- Abstenerse del consumo de drogas o del abuso de bebidas alcohólicas; realizar un tratamiento psicológico en el centro de salud de la jurisdicción del domicilio en donde va a residir, a los efectos de controlar sus impulsos.
- Comparecencia mensual ante el Juzgado de Ejecución dentro de los primeros días de cada mes y
- Prohibición de portar armas.
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Ofendió, golpeó y despojó a su pareja de su celular y de la llave de su moto
La imputación por violencia familiar presentada contra Dionisio Molinas tiene relación con la agresión sufrida por una joven bartender el 18 de setiembre del 2023, en el barrio Herrera de Asunción.
En la ocasión, al llegar a su casa luego de una jornada laboral la víctima recibió la llamada de un amigo. Esta situación desató un ataque de celos del imputado que además de ofender a la joven, le golpeó en la boca, le despojó de su celular, de la llave de su moto y la echó a la calle.
“Esto molestó a Dionicio Molinas y seguidamente en un ataque de celos le dijo: “negra, enana, puta, bandida, zorra”, por lo que la mujer tomó su motocicleta y sacó en la vía pública, pero Dionicio le despojó de la llave y no le entregó, para luego pegarla en la boca… la víctima tomó su celular y filmó lo sucedido y seguidamente guardó en su mochila , por lo que el procesado forcejeó con la mujer para despojarla de su celular y luego romperlo, hasta que por fin, a través de forcejeo le sacó su celular a la víctima”.
Como la joven había filmado la agresión, dos días después Molinas se reunió con la víctima, oportunidad en que le devolvió el celular con la condición de que borrara el video. La joven lo hizo para poder recuperar su teléfono, pero posteriormente rescató la filmación y presentó la denuncia correspondiente ante la Fiscalía.
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Jueza advierte histórico de denuncias anteriores contra imputado por violencia familiar
“(...) la mujer le pidió a Dionicio que le entregué su celular y la llave de su motocicleta, a lo que él respondió que iba a bloquear el celular, para que esta no publique fotos ni videos, y luego cedió y le entregó el celular a la víctima, bajo la condición de que esta borre frente a él dichas imágenes, y luego le entregó la llave de su motocicleta. Sin embargo, la mujer pudo recuperar las imágenes que quedaron en la papelera de su teléfono celular y que fueron remitidas al Ministerio Público. Este no es un hecho aislado, ya que desde el segundo mes de la convivencia Dionicio la agredía verbal y físicamente, según el histórico de denuncias…”., señala la jueza, al argumentar el trámite de oposición.
Con esta decisión, el caso será objeto de estudio por parte de la Fiscalía General del Estado, que deberá resolver si ratifica o rectifica la petición de las fiscalas.