El Tribunal de Apelación penal especializado en Delitos Económicos, Anticorrupción y Crimen Organizado rechazó la impugnación de la jueza Yolanda Morel contra la inhibición de su colega Elsa García Hulskamp, en la causa abierta al exministro del Interior y de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) Arnaldo Giuzzio, por supuesto cohecho pasivo agravado (coima).
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Tras ser sorteada para atender el juicio, la jueza Elsa García, del Tribunal Especializado en Delitos Económicos y Corrupción, alegó amistad de larga data con Giuzzio para apartarse del caso.
Jueza alegó amistad con el exministro Arnaldo Giuzzio
“…Con relación al Sr. Arnaldo Euclides Giuzzio Benítez, el mismo es amigo de esta magistrada, amistad de larga data, de la época en que se han desempeñado tanto el Sr. Arnaldo Giuzzio como esta jueza, como fiscales de Delitos Económicos, hecho conocido por los integrantes del equipo de trabajo como ser los abogados Carlos Arregui y Javier Contreras, por lo cual también se dan las circunstancias del inciso 13 del artículo invocado, referido a cualquier otra causa fundada en motivos graves que afecten la imparcialidad e independencia del magistrado, que son de suma importancia a la hora de considerar esta decisión para entender en el proceso seguido al ex ministro Arnaldo Giuzzio”, alegó García.
Sin embargo, esta decisión fue objetada por su colega Yolanda Morel, quien cuestionó a su colega por no presentar ni una sola prueba de la supuesta amistad con el acusado. Por esta razón, Morel impugnó la decisión de García y pidió a la Cámara que ratifique su intervención en el caso.
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Los camaristas Arnulfo Arias, Arnaldo Fleitas y Bibiana Benítez concluyeron de manera unánime que las motivaciones esgrimidas por la jueza García son atendibles y están previstas en la legislación vigente, por lo que corresponde no hacer lugar a la impugnación presentada.
“El motivo alegado se halla previsto en el inc. 11 del Art. 50 del Código Procesal Penal (CPP) que describe el estado emocional del juez cuando se encuentre con alguna de las partes en una relación de: “…tener amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia de trato…”. A dicho efecto, ha formulado una manifestación de su voluntad, expresión de su fuero interno, que le impide atender con ecuanimidad la presente causa”, explica la cámara.
“Tal situación se contempla igualmente en el inc. 13 del art. 50 del C.P.P., reiteradamente referido por los Tribunales, que les otorgan dicha facultad a los Magistrados, cuando las mismas afecten su imparcialidad e independencia. En este caso, se da la circunstancia señalada, y justifica la excusación de la misma”, añade la resolución del Tribunal de Apelación.
Acusación contra el exministro del Interior
La acusación contra Giuzzio por presunto cohecho pasivo agravado (coima) fue presentada el 16 de agosto del año pasado por los fiscales de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción Jorge Arce y Diego Arzamendia.
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La Fiscalía resalta en la acusación que Giuzzio, en su cargo como ministro del Interior, en julio de 2021 habría mantenido contacto personal y comunicación fluida con el presunto narco brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marques de Padua, de quien habría obtenido beneficios personales.
La acusación sostiene que mientras era ministro, aceptó servicios de reparación y blindado de móviles de la cartera y patrulleras como “cortesías” de parte del narcotraficante brasileño, en su faceta de empresario. Es preciso mencionar que esas gentilezas que recibió Giuzzio fueron concedidas por las firmas Black Eagle SA y Ombu SA, ambas representadas en todo momento por el brasileño Marcus Vinicius Espíndola, cercano ya por ese entonces al ministro del Interior.
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Asimismo, en diciembre de 2021, Giuzzio y su familia fueron de vacaciones al Brasil con una camioneta Kia Carnival gris, con placa WCGC 806, registrada a nombre de Ombu SA y era de uso personal de Jassura Cabral, pareja de Espíndola, que le fue prestada por el extranjero.