Poco después de las 8:00 de este lunes, el fiscal Aldo Cantero se presentó en el edificio del Bloque 8 del Ministerio Público, ubicado sobre la calle Chile, donde funciona la Inspectoría General, para prestar declaración en el marco del sumario administrativo que se le abrió tras la filtración de los chats de WhatsApp entre él y el abogado del expresidente Horacio Cartes, Pedro Ovelar.
Llamativamente la convocatoria y su declaración se dieron bajo un estricto hermetismo, muy por el contrario a otros casos. Además dentro de la investigación preliminar abierta contra Cantero, este habría declarado no en carácter de investigado ni como testigo, sino que solamente con el fin “informativo”.
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Toda la diligencia se realizó en el despacho de la inspectora general, Sandra Mayeregger, a puertas cerradas, actividad que en otros casos no se realizaron de esta manera sino en una sala que no es la oficina de la directora investigadora.
Para hoy se tiene previsto que el fiscal Giovanni Michelle Grisetti Valiente concurra también para las 8:00 a la Inspectoría General, a fin de declarar en el marco del caso vinculado a los chats filtrados, tras la imputación que él y Cantero presentaron contra el expresidente Mario Abdo Benítez y otras 8 personas.
Este tipo de conductas por parte de los encargados de investigar a los fiscales, denunciados por irregularidades, hace suponer que se está allanando el terreno para un posible blanqueo y que la pesquisa cuyo inicio dispuso la semana pasada el fiscal general, Emiliano Rolón, pase a ser una farsa.
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Fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, apartados de causa contra Mario Abdo
El jueves pasado, el fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, apartó a los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti de la causa penal por supuesta revelación de secretos de servicio y otros delitos por la que fueron imputados el expresidente Mario Abdo Benítez (2018-2023) y otros exmiembros de su gabinete.
En su resolución, el fiscal general deja “sin efecto” las intervenciones de los fiscales Cantero y Grisetti. Se trata de una ampliación de otra resolución emitida la mañana de hoy, en la que el titular del Ministerio Público asigna a la causa a los fiscales Luis Said, Fabiola Molas y Guillermo Sanabria. Así también, asignó a cargo de la coordinación, a la fiscala adjunta Matilde Moreno.
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Inspectoría General del Ministerio Público
En cuanto a la Inspectoría General, establecida en el artículo 69, el fiscal general es el encargado de nombrar al inspector que estará tres años en el cargo.
Este órgano del Ministerio Público tiene como principal objeto llevar a cabo investigaciones administrativas, ya sean estos de oficio o tras recibirse alguna denuncia, sobre cualquier hecho irregular que se haya cometido en el ejercicio de las funciones.
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Además, puede realizar las denuncias ante el fiscal general del Estado cuando tenga elementos de sospecha sobre la comisión de hechos punibles en el ejercicio de las funciones por parte de cualquier miembro de la Fiscalía, y es el encargado de acusar al funcionario investigado ante el Tribunal de Disciplina.
Entre otras funciones, la Inspectoría General debe desarrollar programas permanentes de prevención de los actos de corrupción dentro del Ministerio Público.
Como se puede apreciar, ambos órganos según la Ley Orgánica del Ministerio Público cumplen un rol fundamental para la transparencia, pero estuvieron desactivados liberando así un espacio para la comisión de irregularidades por parte de los encargados de investigaciones y la persecución penal.
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Consejo Asesor de la Fiscalía
Tal como refirió el fiscal general del Estado, tanto la Inspectoría General como el Consejo Asesor están previstos en la Ley N° 1562/2000 “Orgánica del Ministerio Público”, específicamente en el Capítulo III que trata sobre los órganos de control interno.
En ese sentido, señala el artículo 66 que el Consejo Asesor será presidido por el fiscal general del Estado, e integrado por los fiscales adjuntos, cuatro agentes fiscales a ser elegidos por sus pares, y el administrador del Ministerio Público. Este órgano tiene como función principal constituirse en Tribunal de Disciplina para juzgar a empleados y funcionarios de la institución.
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Entre sus otras funciones, tiene a su cargo el asesoramiento al fiscal general en los asuntos que él requiera y presentar una evaluación anual sobre la situación del Ministerio Público.
En cuanto al Tribunal de Disciplina, al que se alude en el artículo 68, se establece que será constituido por el Consejo Asesor cada vez que un funcionario haya incumplido obligaciones administrativas o con las instrucciones de sus superiores, cuyo proceso o juicio no corresponda a otra autoridad, dejando así el dictamen en manos del fiscal general del Estado.