La Cámara de Apelaciones, Segunda Sala, conformada por Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez Faría, a través de su AI N° 46, excluyó a los padres de Rodrigo Quintana, Fidelina Quintana Ruíz y Felicia Arrúa de Quintana, como querellantes adhesivos, y confirmó que solo la hija menor de Rodrigo, representada por su madre Leticia Redes, como querellantes en el caso conocido como “31M”.
Para tomar esta decisión, los magistrados tomaron en cuenta lo establecido en el Código Civil, específicamente en los artículos 2.575° que señala “el pariente más cercano en grado excluye al más remoto. Los llamados a la sucesión intestada no solo suceden por derecho propio, sino también por derecho de representación”, y 2.584° que dice “a falta de descendientes, heredan los ascendientes, sin perjuicio de los derechos del cónyuge supértite”, para determinar la calidad de víctima.
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