Iniciativa popular: pasos y plazos para el cierre de firmas para ley “Chau nepotismo”

Ciudadanos están aprovechando cada vez más la herramienta de la iniciativa popular, con el objetivo de impulsar proyectos aprobados por el pueblo. En esta nota, te contamos los pasos finales que se deben seguir y los plazos que se tienen que cumplir luego de la recolección de firmas.

Página web del TSJE para las iniciativas populares.ABC Color
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La iniciativa popular es un mecanismo de democracia participativa que está previsto en el artículo 123 de la Constitución Nacional. Permite a los ciudadanos presentar al Congreso Nacional proyectos de ley, o proponer ordenanzas municipales a las Juntas Municipales. Actualmente, se encuentra por ejemplo vigente la búsqueda de firmas electrónicas para presentar una iniciativa denominada “Chau nepotismo”.

Una vez iniciado todo el proceso de recolección de firmas, se debe procede al cierre. En ese sentido, el Tribunal Superior de Justicia emitió un comunicado para detallar el proceso para el cierre de recolección de firmas de las iniciativas populares.

El TSJE divide esta última etapa en siete pasos principales:

  1. La comisión promotora de la Iniciativa Popular debe solicitar al Tribunal Electoral de la Capital el cierre del proceso de recolección de firmas.
  2. Una vez recibida la comunicación, el Tribunal tiene tres días corridos para declarar cerrado el proceso de recolección de firmas y remitir los datos a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación, para habilitar el control ciudadano.
  3. El módulo de control ciudadano debe estar disponible por 10 días corridos, para que la ciudadanía pueda verificar que se encuentre su firma, eliminarla en caso de no haberlo firmado voluntariamente o retirar su apoyo.
  4. Luego de ese plazo, la mencionada dirección debe hace un cruce del listado de firmas con el Registro Cívico Permanente, para corroborar que todos los firmantes sean electores y que no aparezcan niños ni fallecidos.
  5. Finalizado ese chequeo, la misma dirección debe determinar la cantidad de firmas y realizar un informe ante el Tribunal Electoral
  6. El Tribunal de la Capital debe emitir una resolución y comunicar al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
  7. El TSJE debe emitir una resolución y comunicarla al presidente del Congreso y a los representantes de la iniciativa popular.

Desde el TSJE confirmaron hoy que la página web para la recolección de firmas digitales está presentando fallas. Muchos usuarios reportaron que no pueden registrarse, pese a colocar sus datos de manera correcta y estar inscriptos en el Registro Cívico Permanente.

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