En la audiencia de revisión de medidas la jueza Penal de Garantías Nº 3 de feria Cynthia Paola Lovera Brítez no hizo lugar a la revisión de medidas cautelares y por Auto Interlocutorio Nº 59 del 19 de enero de 2024, mantuvo la prisión preventiva del ciudadano argentino Sergio Luis Raicovich, quien fue procesado por hurto por la fiscala María Estefanía González, por intentar hurtar carne envasada al vacío que tenía un costo aproximado a G. 100.000.
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La causa está identificada como Nº 459/2.024 caratulada “Sergio Luis Raicovich s/ hurto”.
Pedido de revisión de la prisión preventiva
Por pedido de la defensora pública María Sol Samaniego se realizó la audiencia de revisión de medidas cautelares para el imputado Sergio Luis Rainovich, quien se encuentra por ahora en la Comisaría 3ª de Asunción.
“Esta defensa pública solicita respetuosamente a Vuestra Señoría la revisión de la medida cautelar a quien se encuentra con prisión preventiva impuesta a mi representado y en ese sentido, solicito la aplicación de medidas sustitutivas a favor de Sergio Luis Raicovich, tomando en consideración que no median conjuntamente los requisitos establecidos para decretar la prisión preventiva”, indicó la abogada en la audiencia.
Es decir, la carne objeto de la tentativa de hurto ha sido recuperada, por lo que no existen conjuntamente el peligro de fuga, además a criterio de esta defensa tampoco existe peligro de obstrucción en la investigación, alegó la defensora.
La abogada Samaniego también sostuvo que el caso no se trata de un hecho punible considerado grave, ya que nos encontramos ante un delito de hurto, sumado esto a que el objeto que fue recuperado no supera la suma de cien mil guaraníes. Es decir, nos encontramos ante un hecho bagatelario de conformidad a lo que dispone el artículo 172 del Código Penal.
La defensora también cuestionó que el Ministerio Público imputó sin tener acción para ello, por lo que también planteó la excepción de falta de acción, ya que la misma debe ser iniciada a instancia de parte.
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Fiscalía pide mantener prisión preventiva
En la audiencia de revisión de medidas, la fiscala María Estefanía González relató que la alarma del local de Biggie sonó al ingresar el imputado en el local comercial, en razón de que la misma persona estaba registrada en el sistema de archivo de seguridad “reconocimiento facial” que posee el local, esto por haber sido gravado cometiendo otro hecho similar en otra sucursal, por lo que la representante fiscal consideró que no correspondía la aplicación de medidas menos gravosa a favor del procesado.
Jueza alegó falta de arraigo, peligro de fuga y obstrucción
La jueza Cynthia Lovera en su resolución que rechazó la revisión de medidas, refirió que no se podía modificar la prisión preventiva dictada por AI N° 44 del 17 de enero de 2024, porque la defensa técnica no acreditó hechos nuevos que puedan hacer revocar la medida.
La jueza de igual manera sostiene que la defensa no agregó documentos para demostrar su arraigo, como el certificado de Vida y Residencia, Certificado de Trabajo, no se ha ofrecido fianza alguna a favor del procesado.
Hecho grave. Para la jueza Lovera la imputación de hurto es considerada grave por la modalidad descrita en el Acta de imputación y por el impacto social que genera este tipo de hechos.
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Cabe mencionar además, -indicó la magistrada- que el hecho punible imputado por la representante del Ministerio Publico tiene una expectativa de pena privativa de libertad de hasta cinco años, por lo que el peligro de fuga se encuentra latente, ya que es de nacionalidad argentina, de quien se tiene como único dato su número de Documento Nacional de Identidad (DNI) argentino.
La magistrada también alegó que la defensora pública María Sol Samaniego ya solicitó la aplicación del instituto de Criterio de Oportunidad, y en ese sentido, el Ministerio Público, que es el órgano investigador, consideró que la causa reviste de interés en la persecución penal, motivo que llevó al Ministerio Público a formular imputación contra Sergio Luis Raicovich.
A pesar de que la prisión preventiva tiene como fines procesales “...asegurar la sujeción del imputado al proceso y evitar que el mismo destruya, modifique o suprima alguna prueba de valor para el juicio...”, la jueza Lovera no explicó en su resolución de qué manera el imputado puede influir o alterar en los últimos hechos mencionados por la misma norma.
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Antecedentes de la tentativa del hurto de carne
Los hechos refieren que la alarma del local comercial sonó ya al ingreso de Sergio Luis Raicovich, en razón de que el comercio cuenta con el sistema de reconocimiento facial, y el sindicado ya habría ingresado a otra sucursal para cometer un hecho similar.
Conforme a la nota Nº 15/2024, de fecha 15 de enero del año 2024 de la comisaría 3ª Asunción, en la que comunica el procedimiento de aprehensión de persona en el interior del local comercial Biggie.
En la nota refieren que personal de la comisaría 3ª a cargo del oficial ayudante Sebastián López y el suboficial Laíno Román, se constituyeron en el local citado, y una vez allí visualizaron a una persona tendida en el suelo que estaba siendo verificada por el empleado de nombre Eduardo Mora, quien le manifestó que el sujeto había ocultado carne envasada (vacío) por valor de G. 100.000 y que intentó salir del local sin pagar, por lo que fue reducido por los empleados del local comercial, logrando recuperar de su poder la carne mencionada.