El periodo de recepción de denuncias por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) sobre el no pago de aguinaldos se habilitó desde este 2 de enero. En los primeros dos días, se registraron 101 casos denunciados.
Las denuncias se realizaron de manera presencial en las sedes del Ministerio de Trabajo, a través de la web institucional y a través de llamadas telefónicas.
Según el artículo 243 del Código Laboral, el pago del aguinaldo es obligatorio y debe abonarse antes del 31 de diciembre de cada año. Transcurrido eso plazo, el empleador es pasible de denuncias.
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Multas por no pagar aguinaldo
La intervención del MTESS apunta a garantizar el cumplimiento de este derecho a favor de los trabajadores. En tanto, la patronal se expone a una sanción consistente en multas que van de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado.
Las denuncias se pueden realizar en la sede central del MTESS (Herrera esquina Paraguarí) de Asunción, o en una de las 14 sedes regionales con que cuenta la institución en el interior del país, en el horario de 07:00 a 15:00.
También se puede llamar al (021) 729 0100, al celular (0993) 308 100, o a través de la web de la institución, ingresando a este enlace: https://denuncias.mtess.gov.py/
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Las denuncias pueden ser anónimas
Los trabajadores pueden identificarse o hacer constar sus denuncias en forma anónima.
El monto del aguinaldo se calcula sumando los ingresos del trabajador durante el año en concepto de salarios, horas extras, comisiones u otros, divididos por 12 meses. No se incluyen en el cálculo la bonificación familiar y el permiso por maternidad. El aguinaldo es inembargable, es decir, no puede sufrir descuentos bajo ningún concepto.