En el desarrollo de la sesión de este martes 21 de noviembre, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que preside el diputado Orlando Arévalo se analizaron varias causas.
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Diputadas juraron para intervenir en caso de fiscala
En el sesión de este martes, el Jurado rechazó los recursos de reposición y de aclaratoria que planteó la fiscala Casse Giménez, enjuiciada por supuesto mal desempeño de funciones según prevé el artículo 14, inciso que dispone textualmente: “Cometer actos u omisiones que constituyen inmoralidad en su vida pública o privada y sean lesivas a su investidura”.
La causa que enfrenta la agente está individualizada como causa N° 134/2022 caratulada: “Jorge Antonio Oviedo Matto c/ Abg. Casse Evelyn Giménez, Agente Fiscal de la Unidad N° 2 de la ciudad de Villeta s/ Enjuiciamiento”.
El expediente judicial que es objetado a la fiscala está caratulado: “Raúl Antonio Fernández Lipmann y otros s/ Tráfico de Influencias y otros”, en el que estuvo procesado el exsenador Oviedo Matto pero en el juicio oral y público fue declarado absuelto, tras la denuncia de la fiscala Giménez, de pedir supuesta coima.
Ante las recusaciones y excusaciones promovidas en la causa del enjuiciamiento a la fiscala Giménez, el JEM solo cuenta con 6 miembros, ellos son: el senador Mario Varela, quien preside el Jurado en esta causa, e integran además el senador Derlis Maidana, los ministros de la Corte Suprema Manuel Ramírez Candia y César Garay, así como las diputadas Del Pilar Vázquez y Bettina Aguilera.
Están recusados por la fiscala el consejero Gustavo Miranda, el miembro del JEM Oscar Paciello y el diputado José Rodríguez Maciel.
Se encuentran excusados los miembros del Jurado diputado Alejandro Aguilera, el abogado Alfredo Enrique Kronawetter y el diputado Orlando Arévalo, así como el miembro del Consejo de la Magistratura César Ruffinelli.
El enjuiciamiento a la fiscala sigue firme
El Jurado asimismo rechazó los recursos de reposición planteados por la fiscala Casse Giménez contra tres providencias del Jurado.
La primera reposición es contra la providencia del JEM del 2 de octubre de 2023, por la cual se admite el enjuiciamiento de la fiscala Giménez. Sobre esta reposición, el ministro Ramírez Candia dijo que la misma no puede proceder, porque así lo determina la ley del Jurado, al no admitir recursos en su contra.
La segunda reposición fue contra la providencia del 9 octubre porque el JEM omitió pedir informes a medios de prensa que solicitó la fiscala cuando recusó a miembros del Jurado. El ministro Ramírez Candia sostuvo que la reposición tampoco puede proceder.
La tercera reposición fue contra la providencia del Jurado del 16 de octubre en la que la fiscala objetó que no se corrió traslado del recurso planteado. El ministro Ramírez Candia sostuvo que en esta ocasión, el Jurado sí corrió traslado a la adversa. No hubo trato discriminatorio, alegó.
Ramírez Candia solicitó el rechazo de los recursos de reposición planteados, y de igual manera los demás miembros lo hicieron de forma unánime.
De igual manera, el Jurado resolvió rechazar de oficio, por improcedente, una reposición planteada por el abogado defensor Juan Martín Barba, contra una providencia del 4 de octubre de 2023.
La aclaratoria no corresponde
El ministro Ramírez Candia explicó que el recurso de aclaratoria que planteó la fiscala Casse Giménez fue para cuestionar la decisión del JEM de enjuiciarla porque había actuado como testigo de una causa penal.
Por su parte, el ministro Ramírez Candia dijo que en el acto de enjuiciamiento se distinguió cual era la situación que motivó el inicio de su proceso en el Jurado. Aclaró que el enjuiciamiento no era por el hecho punible de falso testimonio porque hay una investigación penal en el Ministerio Público sobre este tema y es competencia de la fiscalía este hecho.
Ramírez Candia explicó que el enjuiciamiento se admitió por la conducta que desplegó la fiscala Giménez en las declaraciones en el marco del juicio oral, que afectó su imagen como agente fiscal, por eso se encuadró como mal desempeño en el cargo, indicó el ministro.
Ramírez Candia concluyó que no había motivo o situación que aclarar en el recurso que promovió y por consiguiente se debe proceder al rechazo de la aclaratoria planteada por la fiscala Giménez, argumentó.
El voto de rechazo de aclaratoria planteado por Ramírez Candia, se adhirieron el ministro de Corte César Garay, quien destacó que el enjuiciamiento es de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 14, inc h) de la Ley N° 6814/2021 “Que dispone el procedimiento para la remoción de jueces, fiscales y defensores públicos”.
También votaron por rechazar la aclaratoria el senador Derlis Maidana, las diputadas Bettina Aguilera y Del Pilar Vázquez, así como el presidente en ejercicio del JEM senador Mario Varela.
Jurado rechazó objeción de camarista, supuesto “ocupante vip”
Otra de las causas analizadas en la sesión de este martes 21 de noviembre, fue el caso N° 237/2023 caratulada: “Abg. Daniel Gómez Rambado, Miembro del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Judicial de Presidente Hayes s/ Enjuiciamiento”. Por unanimidad el Jurado rechazó por improcedente la reposición contra la resolución que abrió el enjuiciamiento del magistrado.
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El expediente judicial objetado en el JEM está caratulado: “A determinar”.
El camarista Daniel Gómez Rambado está enjuiciado por ocupar como suyo la finca 916 perteneciente al Ministerio de Defensa Nacional.
En este caso integró el pleno del Jurado el ministro de Corte Luis María Benítez Riera, ante el inhibido de su colega César Garay.
Los miembros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera, Mario Varela, Oscar Paciello, Alfredo Enrique Kronawetter, Derlis Maidana, Alejandro Aguilera y Orlando Arévalo, por unanimidad rechazaron in limite la reposición contra la resolución que declaró la apertura del enjuiciamiento, ya que por disposición de la Ley 6814, art. 35, dispone que “no será recurrible el auto de enjuiciamiento”.
También el Jurado fijará una próxima fecha para que el camarista Gómez Rambado sea escuchado en una audiencia pública, ante el Jurado.
Jueza enjuiciada desistió de perito
En la sesión de este martes, debió jurar la Lic. Sandra Elizabeth Troche Orué, perito informático, propuesto por la defensa en la causa N° 98/2022 caratulada: “Abg. Claudia Mosqueira, Jueza Penal de Garantías de la ciudad de Villarrica, Circunscripción Judicial del Guairá s/ Enjuiciamiento”.
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Enjuiciada por una publicación periodística titulada: “Jueza Penal de Garantías de Guairá no asistió a su Juzgado 43 días en cinco meses”.
El abogado defensor Pedro Rodolfo Mendoza decidió desistir de la realización de la prueba pericial que iba a realizar la perito Troche Orué porque el presidente del JEM diputado Orlando Arévalo manifestó en la audiencia que en la causa no se cuenta con el video original del circuito cerrado del tribunal de Villarrica, y que solamente se tienen las copias de los videos.
Esta causa prescribirá el 29 de diciembre de 2023, según determinó el propio Jurado.
Es fiscal acusador del JEM, el Abog. Celso Ayala.