Educación: denuncian discriminación en colegio que supuestamente rechazó a niña de 5 años

Una mamá denunció que su hija de cinco años con TEA (Trastorno del Espectro Autista) leve, fue rechazada de un colegio asunceno porque supuestamente ya no tenían cupos para “ajustes razonables” para el 2024. El rechazo se dio sin evaluación ni entrevista a la niña, según la denuncia. El MEC pide a los colegios privados más compromiso y recuerda la vigencia de multas por trasgredir la Ley de Educación Inclusiva, que alcanzan hasta G. 103 millones.

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Una madre denunció un caso de discriminación en un colegio privado “top” de Asunción, donde rechazaron la matriculación a su hija de cinco años, con TEA leve, sin siquiera realizarle una evaluación o entrevista, como se realiza en otras instituciones educativas de gestión privada. El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) recuerda la vigencia de la Ley N° 5136/13 de Educación Inclusiva, que prohíbe estas prácticas.

La admisión se solicitó en agosto y tras recibir el pedido, el colegio no se expedía sobre el caso. Ahí comenzó la insistencia de la familia ante la falta de respuestas de parte de las autoridades del establecimiento. La institución educativa está ubicada sobre la calle Teodoro S. Mongelos.

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En setiembre, finalmente recibieron a los padres y a la niña y una evaluadora hizo algunas preguntas a la hija. “En ese momento ellos no sabían que ella tenía autismo leve, luego le comenté (a la evaluadora) que va a la fonoaudióloga y me pidió un informe”, agrega la progenitora.

El informe fue elaborado por una psicóloga externa, que determinó la existencia de TEA leve y que la niña es apta para realizar el pre escolar, según comentó la denunciante.

Denuncia de discriminación: Colegio respondió que no tenía cupos para “ajustes razonables”

Tras una nueva larga espera y mucha insistencia de los padres, el colegio privado respondió por correo electrónico. La denunciante afirmó que le contestaron que su la niña no va a poder ser admitida para el año que viene porque la institución no cuenta con cupos para ajustes razonables, que es lo que necesitarían supuestamente para admitirla.

“Tenían cupos limitados, solamente dos lugares y que ellos resguardan la integridad de las maestras; como si fuera que mi hija es un peligro”, lamentó.

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“Para mí es muy triste, porque ellos jamás le evaluaron a mi hija, solamente la evaluadora en la primera entrevista. Le juzgaron a mi hija sin conocerla”, remarcó la mamá de la niña de 5 años.

MEC pide más compromiso a colegios y recuerda multas vigentes

La directora de Protección de la Niñez del MEC, Sonia Escauriza indicó que si algo falta desde la vigencia de la ley N° 5136/13 de Educación Inclusiva, es un “mayor compromiso de los colegios para no discriminar a los estudiantes por su condición”.

La falta de mobiliario y de infraestructura suele ser barrera en el caso de las instituciones educativas del sector público.

“Nosotros recibimos estas semana solo en la dirección de Protección 3 o 4 denuncias por desmatriculación de niños y niñas para el año lectivo 2024”, comentó la funcionaria.

Agregó que lo que más reciben son casos de instituciones educativas de gestión privada sobre desmatriculaciones de estudiantes que ya cursaron uno o más años en el centro educativo.

Discriminación en colegio: Lo que dice la ley de Educación Inclusiva

En su artículo 5, inciso b la ley N° 5136/13 de Educación Inclusiva establece como falta institucional y del director: Negar la matriculación a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, en contravención a los casos establecidos en la ley, el decreto reglamentario y el presente reglamento. El primer inciso aclara “la matriculación e inscripción sin discriminación alguna”.

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En el caso de faltar a algunas de las disposiciones, las instituciones de gestión privada y de gestión privada subvencionada se exponen a sanciones económicas que van hasta los 1.000 jornales mínimos vigentes (Gs. 103 millones).

  • Primera vez: Multa de 50 jornales ( Gs. 5.154.550) a 100 jornales mínimos vigentes (Gs. 10.309.100)
  • Reincidencia: Multa de 100 (Gs. 10.309.100) a 300 (Gs. 30.927.300) jornales mínimos vigentes
  • Segunda reincidencia: Multa de 300 (Gs. 30.927.300) a 1.000 (Gs. 103.091.000) jornales mínimos vigentes.

En el caso de los centros educativos públicos, las sanciones para el personal directivo constan en sumarios administrativos que varían igualmente según sea la primera vez o se conste alguna reincidencia.

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