El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Elsa García, como presidenta, Claudia Criscioni y Cándida Fleitas advirtió al exgobernador de Presidente Hayes Óscar Venancio “Ñoño” Núñez que además del hecho punible de lesión de confianza también deberá defenderse del tipo penal de administración en provecho propio.
Con esta advertencia hecha por el colegiado de sentencia a los ex gobernadores Óscar Núñez y Emigdio Osvaldo Benítez Ortiz, además de los ex funcionarios Nancy Núñez de Rousillón y Edulfo Antonio Verón Recalde; en base a lo establecido en el artículo 400 del Código Procesal Penal, se estaría ante un concurso de hechos punibles que hace que aumente el marco penal, de acuerdo al artículo 70 del Código Penal. La expectativa de pena, de ambos hechos punibles, es de hasta 10 años de cárcel cada uno.
El Tribunal de Sentencia realizó la advertencia después de la producción de pruebas documentales y la declaración de varios testigos, que confirmaron que los acusados utilizaron cheques de la Gobernación de Presidente Hayes para beneficio propio, como para carga de combustible, adquisición de productos para sus comercios particulares y hasta pago de apuesta por una carrera de caballos.
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El juicio oral y público continuará este sábado 21 de octubre, desde las 8:00 hasta las 12 h con la producción de los últimos tomos de pruebas documentales. De acuerdo a lo informado por el tribunal, también podrían declarar ya algunos de los acusados.
Artículo 400 del CPP “Sentencia y Acusación”
“La sentencia no podrá dar por acreditados otros hechos u otras circunstancias que los descriptos en la acusación y admitidos en el auto de apertura a juicio o, en su caso, en la ampliación de la acusación, salvo cuando favorezcan al imputado.
En la sentencia, el tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la de la acusación o del auto de la apertura a juicio, o aplicar sanciones más graves o distintas a las solicitadas. Sin embargo, el imputado no podrá ser condenado en virtud de un tipo penal distinto del invocado en la acusación, su ampliación o en el auto de apertura a juicio y que en ningún momento fue tomado en cuenta durante el juicio.
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Si el tribunal observa la posibilidad de una calificación jurídica que no ha sido considerada por ninguna de las partes advertirá al imputado sobre esa posibilidad, para que prepare su defensa”.
Atendiendo el concurso de ambos hechos punibles, tanto los ex gobernadores de Presidente Hayes como los dos ex funcionarios de la institución podrían ser condenados hasta a 15 años de pena privativa de libertad.
Óscar Núñez y la presunta “tragada” de G. 55.000 millones
Según la acusación del Ministerio Público, el perjuicio ocasionado a la gobernación es de G. 32.182 millones, en una causa; de G. 11.807 millones en otra, y G. 11.058 millones en la última (acumuladas para este juicio), y que corresponden al periodo comprendido entre el 2008 y 2013.
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Núñez asumió el cargo el 15 de febrero del 2008 y se retiró en diciembre del 2012, tras lo cual asumió la titularidad de la gobernación el entonces concejal Emigdio Benítez Ortiz, quien permaneció en el cargo hasta agosto del 2013. El perjuicio atribuido a “Ñoño”, a la institución departamental, es de G. 32.182 millones.
Ya en el periodo de Emigdio Benítez, quien completó el periodo de Núñez (2008- 2013) el presunto desvío llegó a los G. 11.807 millones. A esto se suman otros G. 11.058 millones, que fue acusado ya por el fiscal Luis Said.
Facturas falsas, cobro de cheques por personas ajenas a la gobernación son algunas de las irregularidades detectadas por la Contraloría General de la República y que motivaron la investigación y la acusación fiscal, ratificada en el presente juicio oral.