Bajo patrocinio del abogado Guillermo Duarte Cacavelos, el exdiputado Miguel Cuevas (ANR-Fuerza Republicana) planteó un recurso de apelación especial en contra de la Sentencia Definitiva N° 385 del 22 de setiembre de 2023, que lo condenó a 5 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y ordenó el comiso especial de sus bienes por la suma de G. 1.934.584.283, que -según el colegiado- es fruto del hecho punible.
La defensa argumenta que el fallo dictado por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por la jueza Elsa García e integrado por sus colegas Jesús Riera y Yolanda Morel viola el principio de congruencia y califica de ilegal la incorporación de la pericia contable del Lic. Javier González.
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Para el tribunal, en el juicio oral y público, que finalizó el viernes 15 de setiembre, quedó probado que el también exgobernador de Paraguarí no tiene cómo justificar egresos por G. 1.934.584.283, entre los años 2009 y 2019.
Por otro lado, el colegiado de Sentencia Especializado en Delitos Económicos ordenó la inhabilitación de Miguel Jorge Cuevas Ruiz Díaz para ejercer cargos públicos por otros cinco años. Hasta tanto el fallo condenatorio no quede firme, el exlegislador continuará con libertad ambulatoria.
Argumentos del exdiputado Miguel Cuevas
En su escrito de apelación el Abg. Guillermo Duarte fundamenta que el Tribunal de Sentencia violó el principio de congruencia, establecido en los artículos 400 y 403 del Código Procesal Penal, debido a que no existe correspondencia entre el hecho expuesto por el Ministerio Público en el escrito de acusación, sus alegatos iniciales y los alegatos finales.
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“Tampoco se da este rigor procesal con la Sentencia Definitiva en lo que respecta al supuesto enriquecimiento ilícito, a pesar de que tanto la fiscalía como el tribunal dicen basarse en los egresos del señor Miguel Jorge Cuevas Ruiz Díaz”, resalta parte de la apelación especial planteada por la defensa del ex diputado colorado.
Específicamente, la defensa señala que en el auto de apertura a juicio el Ministerio Público acusó a Miguel Cuevas por una diferencia negativa de G. 1.705.315.135, que supuestamente el ahora exlegislador no pudo justificar entre sus ingresos y egresos, entre los años 2009 y 2019.
Sin embargo, agrega el Abg. Guillermo Duarte, en sus alegatos iniciales el fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Luis Piñánez acusó a Miguel Cuevas por un supuesto enriquecimiento ilícito de G. 5.594.429.490 y en los alegatos finales aseguró que el monto del hecho ilícito fue de G. 5.732.612.873.
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Sobre el punto, la defensa cuestiona que entre la acusación y los alegatos finales del Ministerio Público existe una diferencia de G. 4.027.297.738 y que Miguel Cuevas terminó siendo condenado por no poder justificar egresos por G. 1.934.584.283.
Incorporación de pericia “es ilegal”, según defensa
Por otro lado, la defensa del exdiputado Miguel Cuevas califica de ilegal la incorporación de la pericia contable del Lic. Javier González, resuelta por el Tribunal de Sentencia en la etapa incidental del juicio oral, teniendo en cuenta que dicha prueba fue excluida en la audiencia preliminar por el juez de Garantías Yoan Paul López.
Argumenta que al momento de presentarse la acusación fiscal, el 22 de enero de 2021, la competencia del perito contable no estaba firme, teniendo en cuenta que el profesional fue recusado por la defensa el 7 de enero de ese año; el 22 de enero fue notificada del rechazo de la recusación e impugnó la confirmación del perito el 26 de enero.
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En ese sentido, el escrito de apelación resalta que el 28 de enero de 2022 la Fiscalía General del Estado resolvió rechazar la impugnación y confirmar al Lic. Javier González, y notificado a la defensa esta decisión el 1 de febrero. Es decir, para la defensa la pericia contable realizada por dicho profesional no debió ser utilizada por la fiscalía.
“El Ministerio Público utilizó un medio de prueba emitido por un perito irregularmente designado, que elaboró su pericia estando recusado, sobre puntos periciales que fueron cuestionados por la defensa sin que esta haya recibido respuesta alguna sobre estos extremos”, resalta parte del escrito de apelación.