Los pacientes que no pueden acudir a retirar sus medicamentos pueden autorizar hasta a 2 personas para hacerlo, según lo hizo saber el Instituto de Previsión Social (IPS).
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La Resolución del Consejo de Administración 0250-020/16 establece que los pacientes que no puedan acudir a retirar sus medicamentos en los diferentes centros asistenciales del IPS, pueden autorizar hasta un máximo de 2 personas para retirarlos.
Cómo puede un tercero retirar medicamentos del IPS y qué dirá la autorización
La autorización debe contener este texto: Yo, (PACIENTE) con cédula de identidad Nº ........... autorizo suficientemente al Sr/a (autorizado) cédula de identidad Nº a retirar medicamentos del Instituto de Previsión Social a mi nombre.
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El paciente debe firmar la nota y el escribano añadirá: “Certifico que la firma que antecede fue puesta en mi presencia.
Conste ante mí”.
IPS: Cómo puede un tercero retirar medicamentos y dónde presentar las autorizaciones
- Las autorizaciones se presentarán en el Centro de atención directa del Hospital Central en planta baja.
- El horario para presentar el documento es de lunes a lunes, de 06:00 a 18:00 hs.
Los requisitos del IPS para que un tercero retire medicamentos
- La autorización deberá estar certificada por escribanía o Juzgado de Paz.
- Si el paciente no firma, el escribano o Juzgado de Paz actuará conforme a Derecho.
- Acompañará una fotocopia simple de la autorización. Se deberá dejar el original y el autorizado lleva la copia con el sello de recibido del Centro de Atención. (Si es un poder, presentará una copia autenticada del Poder).
- Cada paciente puede tener hasta 2 (dos) autorizados.
- Adjuntar fotocopia simple de cédula de identidad del paciente y los autorizados.
- El paciente y los autorizados deberán estar enrolados o registrados para cargar la autorización.