Vía libre para resolver recurso del hijo de OGD contra su condena a 8 años de cárcel

Finalmente quedó integrada la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que debe estudiar el recurso de casación que presentó Óscar Rubén González Chaves, hijo del fallecido ex exsenador colorado Óscar González Daher (OGD), contra la sentencia que lo condenó a 8 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y otros hechos punibles. El fallo fue dictado en agosto de 2021 y dos años después el actual concejal de Luque por el Partido Colorado sigue en libertad.

Óscar Rubén González Chaves (d) junto al actual presidente de la República, Santiago Peña, y el intendente de Luque, Carlos Echeverría.gentile
audima

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tiene vía libre para analizar el recurso extraordinario de casación que planteó la defensa del concejal luqueño Óscar Rubén González Chaves (ANR, cartista) en contra de su condena a 8 años de prisión por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.

El máximo tribunal rechazó la recusación que había planteado el abogado Claudio Lovera, defensor del edil luqueño conocido con el mote de “Kechẽ”, y confirmó a la camarista Andrea Vera Aldana como miembro de la Sala Penal, junto a los magistrados Cristóbal Sánchez y José Agustín Fernández.

Con esta resolución, la máxima instancia judicial podrá resolver si admite para su estudio el recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa de González Chaves en marzo del año 2022, en contra del Acuerdo y Sentencia Nº 1 del 2 de febrero de 2022 dictado por el Tribunal de Apelaciones, que ratificó la pena de 8 años de cárcel para el concejal colorado de la ciudad de Luque.

Desde que interpuso el recurso ante el máximo tribunal, la defensa de Óscar González Chaves planteó numerosas chicanas, la mayoría de ellas recusaciones contra los ministros de Corte y camaristas, y con ellas consiguió evitar que la sentencia quede firme, ya que una vez que ocurra eso tendrá que cumplir su condena en la cárcel.

Hijo de OGD, condenado a 8 años de cárcel

Mediante la Sentencia Definitiva N° 318 del 19 de agosto de 2021 y su aclaratoria la S.D. N° 331 del 30 de agosto de 2021, dictadas por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Yolanda Portillo (presidenta), Yolanda Morel y Jesús Riera, el actual edil luqueño Óscar Rubén González Chaves fue condenado a 8 años de cárcel por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.

El colegiado de sentencia también ordenó el comiso especial de los bienes del concejal luqueño, por la suma de G. 29.237.656.115, que -según lo que se probó en juicio- es la suma que el hijo del fallecido senador colorado Óscar González Daher obtuvo ilícitamente en la función pública.

Además, el Tribunal de Sentencia resolvió la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por otros 7 años.

El fallo de primera instancia fue confirmado a través del Acuerdo y Sentencia N° 1 del 2 de febrero de 2022, dictado por el Tribunal de Apelación Penal 1ª Sala de la Capital integrado por los camaristas Pedro Mayor Martínez (jubilado), Bibiana Benítez Faría y Gustavo Santander Dans (actual ministro de la Corte Suprema).

Comiso de bienes por más de G. 29.000 millones

El A y S N° 1 también confirmó el comiso especial decretado sobre los bienes del concejal luqueño, por G. 29.237.656.115, que -según lo que se probó en juicio- es la suma que el hijo del fallecido senador colorado Óscar González Daher obtuvo ilícitamente en la función pública, además de la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por otros 7 años.

El tribunal de alzada también resolvió declarar la extinción de la acción penal con respecto al ex senador cartista Óscar González Daher (fallecido en octubre de 2021) y confirmar parcialmente la condena contra el exparlamentario, en lo referente al comiso especial de los bienes obtenidos mediante el dinero que obtuvo ilícitamente en la función pública, que asciende a la suma de G. 5.903.362.496.

Con respecto al millonario comiso especial de bienes de Óscar González Chavez, la defensa argumenta en su recurso de casación que el Tribunal de Apelación no trató ni respondió con respecto a los alcances del auto de apertura a juicio, la ausencia de descripción de los hechos y fundamentos que sustentarían una pretensión de aplicación de comiso especial y la vigencia del principio de congruencia.

Añade que la Ley N° 6.431/2019 enuncia las reglas de un debido proceso que también alcanzan a los procedimientos ordinarios conforme su texto expreso y alega que las afirmaciones realizadas por el Tribunal de Apelación están “completamente desprovistas de fundamento normativo”.

“Kechẽ” solicita a la Sala Penal del máximo tribunal que haga lugar al recurso extraordinario de casación y conforme a las disposiciones contenidas en los artículos 480 y concordantes del Código Procesal Penal, declarar la nulidad del punto 2 de la parte resolutiva del fallo dictado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal 1ª Sala de la Capital, disponiendo el reenvío a otro tribunal de alzada para el estudio y resolución del recurso de apelación especial.

Lo
más leído
del día