En una audiencia de revisión de medidas, el defensor de uno de los procesados en el “Caso Cali”, Juan José Dubini Verdún, el abogado Gabriel Rodríguez resaltó que su defendido ya lleva dos años recluido y por lo tanto, ha sobrepasado el máximo permitido por el artículo 236 del Código Procesal Penal, referente a la proporcionalidad de la prisión.
Rodríguez cuestionó la decisión de la magistrada de que su defendido participe de la audiencia por medios telemáticos, pese a que él pidió expresamente su comparecencia en tribunales, situación que acarrea la nulidad del acto
Asimismo, el defensor reitera el ofrecimiento de fianza real realizado en una audiencia realizada en agosto pasado y pone a disposición además, la fianza real de Roberto Daniel Ocampos Gómez y Lizi Carolina Verdún Franco, por el monto que el juzgado considere pertinente.
Fiscal se opuso a la concesión de medidas a Juan José Dubini Verdún
El fiscal de la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico, Osmar Segovia se opuso a la concesión de la medida sustitutiva de prisión a Dubini Verdún tras destacar que siguen latentes los hechos que motivaron la prisión del acusado, en especial el peligro de fuga.
Respecto al plazo de duración de la medida restrictiva de libertad, el agente fiscal precisó que dicha normativa establece varios presupuestos, no solamente los años y la primera es que en ninguna parte sobrepasará la pena mínima previsto para cada hecho punible, que en este caso específico es de 10 años de pena privativa de libertad.
“Otro presupuesto es no exceder el plazo fijado para la terminación de este procedimiento que es la de 4 años, y por ultimo o durar más de dos años, este último requisito debe ser interpretado en cada caso particular y siempre y cuando no se den los demás presupuestos este requisito no excluye a los demás al contrario en caso de que no se den los anteriores sea una pena mínima menor a esa cantidad (dos años) se podría dar pero en nuestro caso particular se aplica lo que establece el primer punto de esta normativa y en todo caso la prisión no debe sobrepasar la pena mínima, que reitero conforme a la calificación descripta en el requerimiento conclusivo, es la de 10 años de pena privativa de libertad”, argumentó el fiscal antidrogas.
Tras escuchar a las partes, la jueza Montanía descartó la concesión de medidas sustitutivas de prisión y ratificó la medida decretada el 30 de julio del 2021. Entre otras cosas, la magistrada afirma que no existen hechos nuevos que justifiquen el cambio de medidas y que no se ha cumplido aún la pena mínima, como sostiene la defensa.
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Para jueza, peligro de fuga sigue latente
(...) no debemos dejar de sopesar la peligrosidad de las estructuras delictivas en este tipo de hechos, que tienden a generar estrategias y métodos para favorecer la fuga de sus colaboradores, permitiendo a sus miembros servirse de contactos con el exterior, influencias con el poder político o económico, que les permita sustraerse de la acción de la justicia y en el caso particular, no se puede dejar de considerar, que el acusado Dubini Verdún al momento de su aprehensión, estaba fugándose de su domicilio, inclusive se presume que tenía intenciones de salir del país, pues de los actos investigativos se desprende que estaba en tratativas de conseguir documento de identidad falso, situaciones que en principio vislumbran la falta de voluntad del acusado de someterse al proceso que se le sigue”, concluye la magistrada.
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Juan José Dubini Verdún, de 28 años está acusado por supuesto tráfico internacional de drogas, tenencia de sustancias estupefacientes, asociación criminal y lavado de activos, tipificados en la Ley N° 1340/88.
Además de Dubini Verdún, están procesados su padre Juan José Dubini Franco, Bruno Vicente Ciancio Amarilla y Alberto Julián Martínez Romero, por supuesto tráfico internacional, tenencia, comercialización y asociación criminal.
Es proceso, conocido como el “Caso Cali” se inició tras la incautación de 1.344 kg de cocaína, el 23 de febrero de 2021, en la estancia “El Tigre”, de Agua Dulce, Alto Paraguay. Hasta 2017 perteneció al narco Jarvis Chimenes Pavão y luego pasó a ser administrada por Waldimiro Ymas, hermano del entonces juez Blas Imas, recientemente jubilado.