El tribunal integrado por los jueces Ana Graciela Aguirre Núñez (presidenta), Mario Francisco Peralta Ovelar y Librada Beatriz Peralta Céspedes (miembros titulares), declaró probada la autoría y reprochabilidad del acusado Salustiano Candia Galeano en la comisión del delito de incumplimiento del deber legal alimentario.
El hecho punible por el cual Candia Galeano ha sido encontrado culpable fue denunciado el 24 de febrero de 2016, cuando incumplió la sentencia número 16 emitida por el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia que le impuso depositar mensualmente una suma en concepto de manutención de sus hijos menores.
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La condena dictaminada para Salustiano Antonio Candia Galeano es de 2 años de privación de libertad, aunque se ha concedido una suspensión a prueba de la ejecución de la pena por un período de 5 años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Código Penal. Como parte de esta suspensión, Candia Galeano deberá cumplir con ciertas imposiciones, entre ellas la obligación de abonar la suma de 2.020.173 guaraníes, como contribución a la manutención de los menores afectados.
El agente fiscal José Luis Torres, en su carácter de coadyuvante, se mostró conforme con la decisión del Tribunal. Sostuvo que se trata de un importante paso en la defensa de los derechos de los menores afectados y envía un mensaje claro sobre la importancia del cumplimiento de las obligaciones legales relacionadas con la manutención y cuidado de los hijos.