Vía sus redes sociales, el MUVH compartió un par de capturas de pantalla en las que se veían que personas -que podrían ser beneficiarios- estarían intentando vender o alquilar casas ubicadas en el barrio San Francisco de Asunción.
Cabe recordar que estas viviendas fueron adjudicadas por el Estado a cientos de personas cuando el MUVH aún era la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (Senavitat) y para acceder a estas existe un contrato que en caso de su incumplimiento, podría derivar en procesos judiciales.
Como se puede observar en las imágenes compartidas por el mismo ministerio, las capturas corresponden a publicaciones en la red social Facebook y en el grupo “Hendyla San Francisco Zeballos Cue”, donde unos usuarios de la red publicaron su intención de vender inmuebles ubicados en el mencionado barrio.
Casas del barrio San Francisco: ¿Pueden ser alquiladas o vendidas?
Ante estas intenciones, el Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat salió al paso y aclaró que está “totalmente prohibida la venta, alquiler o formalización de contratos sobre los inmuebles adjudicados”.
Asimismo, aseguran que los beneficiarios o terceros que promuevan o formalicen este tipo de prácticas -venta o alquiler- podrán afrontar un proceso judicial y también se exponen a la pérdida de los beneficios otorgados por el Gobierno.
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Cada tanto saltan casos
Héctor Villagra, del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, declaró que cada tanto están saliendo a la luz casos de personas que están ofreciendo en alquiler o en venta estas viviendas.
Recalcó que esta práctica está totalmente prohibida, pues todas las viviendas que se adjudican a través de esta institución tienen “una restricción de dominio de 10 años posteriores al pago total de a vivienda”.
Es por eso que recuerdan a la gente la necesita de cumplir la ley.
Una vez que se percatan de que las personas están cometiendo esta práctica ilícita hacen una denuncia a la Fiscalía, y posteriormente se inicia un proceso. Primeramente, la persona pierde su subsidio, y luego inicia un proceso judicial para el desalojo del ocupante, si es que se resiste a abandonar la vivienda.
No se puede alegar desconocimiento de ley
En caso de que la persona alegue ignorancia, esto no se tiene en cuenta, pues el desconocimiento de la ley no es un justificativo.
Comentó que ya hay procesos que se están llevando adelante, pues hay personas que anteriormente ya intentaron vender sus casas.
Contó que hacen verificaciones periódicas para constatar que las personas estén habitando sus viviendas adjudicadas. El proceso hasta el desalojo total dura aproximadamente dos meses.