JEM abre investigación relacionada a estafa de G. 4.000 millones al Estado

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrado (JEM), en sesión ordinaria, resolvió investigar el caso de la supuesta “tragada” de G. 4.000 millones por parte de exfuncionarios del Indert, dirigentes campesinos y representantes de ONG, que si bien fueron condenados por ello, la Cámara de Apelaciones decretó operada la prescripción del caso.

Los miembros del JEM que sesionaron de forma presencial: Alfredo Kronawetter, Óscar Paciello, Rodrigo Blanco (presidente) y César Garay, Ramón Retamozo, mientras que Manuel Ramírez Candia, Hermelinda Alvarenga y Hernán Rivas sesionaron a través de medios telemáticos.Gentileza
audima

Durante la sesión del pleno del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), el ministro Manuel Dejesús Ramírez Cándia, representante de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ante el órgano, propuso iniciar de oficio una investigación preliminar en relación al caso de la “tragada” de G. 3.821.241.395, que al final quedó sin condenados.

De esta forma, el JEM resolvió comenzar una pesquisa sobre las supuestas irregularidades en el caso, en base a la publicación de este diario bajo el título: “Estafa de casi G. 4. 000 al Estado queda en el ‘oparei’ por prescripción de la causa”.

Así también, dispuso la remisión de todos los antecedentes a la secretaría jurídica para la conformación de la causa y la continuación de los trámites de rigor correspondientes.

Decisión del Tribunal benefició a condenados

De acuerdo con los antecedentes, en el juicio que finalizó el 11 de abril de 2022, fueron condenados en el marco de la causa N° 84/2014 caratulada “César Agustín González Parini y otros s/lesión de confianza” a penas de entre 2 años y 10 años de cárcel por una millonaria “tragada” en la ejecución de convenios con el Indert que debían ser de apoyo a la agricultura familiar en materia de seguridad alimentaria.

Sin embargo, el Tribunal de Apelación Penal 2ª Sala de la Capital admitió los recursos planteados por las defensas y decretó operada la prescripción y, en consecuencia, sobreseyó definitivamente del caso a todos los procesados, entre ellos un exfuncionario del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert).

Los beneficiados con la resolución son: César González Parini, exdirector del Fondo de Inversiones Rurales para el Desarrollo Sostenible (Fides), dependiente del Indert, y los dirigentes de la Mesa Coordinadora Nacional de Organizaciones Campesinas (MCNOC) Rafael Luis Aguayo Trinidad y Antonio Gayoso.

Así también, los representantes de la ONG Fundación Nación Guaraní, Armando Ignacio Báez y Ronald Guerrero Ovelar; los representantes de la Asociación Nacional de Productores Agropecuarios (Anapa), María Esther Leiva y Luis Gilberto Ruiz; el exsupervisor del Indert Sergio Ortega Torres; la ex auxiliar administrativa de la institución Irma Piñánez Martínez y la exdirectora de comercialización del Indert Eulalia Cardozo Cardozo.

JEM admitió acusación contra cuestionada jueza

Por otra parte, el órgano también resolvió admitir la acusación particular formulada contra la jueza de primera instancia en lo Civil de Paraguarí, Sady Carolina Barreto Torres, quien, como antecedente más cercano fue cuestionada en un juicio de restitución porque ordenó derrumbar la casa de un humilde poblador de Mbatoví.

Sin embargo, la acusación está vinculada a su actuación en otro caso y fue realizada por la firma Fair Trade Acquisitions Corporation en el marco del expediente que está caratulado “Ana Lidia Mora de Ramírez c/ Juan Manuel Urrustarazu Duarte s/ Nulidad por simulación”.

El preopinante, Óscar Paciello, representante de Consejo ed la Magistratura ante el JEM, enumeró las causales señaladas en la acusación hecha contra la jueza, y una de ellas es que la magistrada tomó intervención en el caso cuando el inmueble, objeto de controversia, se encuentra en una jurisdicción que no le correspondía.

Además, acusaron a la jueza Sady Barreto de haber modificado el objeto del juicio, ingresado y pagado una tasa para una acción Pauliana, a este juicio por simulación de oficio y sin providencia que lo ordene incumpliendo la tasa y el porcentaje correspondiente e, igualmente, haber dictado la medida cautelar sobre el inmueble en cuestión, sin cumplimiento de los requisitos formales.

En ese sentido, añadió Paciello, “se aprecia la incompetencia de la jurisdicción; el segundo hecho es mucho más grave por haber permitido el pago de una tasa judicial diferente al objeto del juicio, puesto que los magistrados son solidariamente responsables por el incumplimiento de estas disposiciones, porque perjudican directamente al erario público, en este caso al Poder Judicial”.

Prosiguió Paciello con que “no se acreditó la urgencia en la adopción de esta medida para salvaguardar este inmueble” y también “la conducta merece que la misma pueda explicarnos, si es posible, el porqué de su proceder”. De la misma forma propuso su suspensión, pero esta no fue aprobada.

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