Se acercaron hasta la redacción del Diario Abc Color el Econ. Víctor Barúa, adscripto a la presidencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y Afines, el Lic. José Colucchi, presidente de gremios de jubilados y pensionados de la Caja Bancaria y el representante legal de esta entidad Abog. Paolo Castiñeira, quienes defendieron la gestión de los directivos, para quienes recientemente la jueza penal de garantías Cynthia Lovera Brítez, decretó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo de los procesados.
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Sin embargo, siguen procesados por lesión de confianza, porque el sobreseimiento definitivo no quedó aún firme José Antonio Caballero Bobadilla, Miguel Ramón Oro Domínguez, Ángel Ramón Chamorro Ortiz y Xavier Hamuy Campos Cervera, presidente y miembros del Consejo de Administración de la Caja Bancaria, respectivamente.
Las objeciones a la gestión de la Fiscalía
Para el abogado Paolo Castiñeira las actuaciones de la fiscala Stella Mary Cano que llamaron la atención por su irregularidad en el transcurso de la investigación penal pueden resumirse en los siguientes actos:
1. La fiscala falseó hechos en su imputación haciendo referencia a situaciones o expresiones de motivos que el mismo BCP nunca manifestó en sus resoluciones.
2. La imputación se realizó sobre hechos ya juzgados en 4 causas anteriores en las que fueron sobreseídos y desestimados los directivos de la Caja Bancaria.
3. No se realizaron diligencias investigativas para sostener la imputación durante el periodo ordinario de investigación (6 meses), ni durante la prórroga extraordinaria de 6 meses más, otorgada por el Tribunal de Apelaciones en lo penal. Es decir, tampoco se citaron a declarar a testigos, ni se realizaron pericias contables, ni ningún elemento de cargo.
Solo nuestra parte presentó documentos contables y elementos de descargo como las resoluciones del BCP qué dejaban en claro que nunca existió perjuicio patrimonial, indicó Castiñeira.
4. En la primera acusación se citan a declarar a juicio a más de 30 personas que nunca declararon en sede fiscal. Es decir, la Fiscalía ni siquiera sabía si era pertinente o no estas testimoniales, ni siquiera sabía qué iban a declarar.
También se pidió que se haga una pericia contable a futuro, durante la tramitación del juicio oral. Es decir, el Ministerio Público no contaba con elemento alguno para llegar a un grado de certeza de la existencia del hecho punible.
5. Poco antes de vencer el plazo del sobreseimiento provisional se realizó la pericia contable estando el perito del Ministerio Público recusado, hecho totalmente irregular.
Asimismo, como lo resalta en su dictamen la fiscala adjunta Patricia Rivarola, la pericia fue incapaz de demostrar un perjuicio patrimonial debido a que solo se refirió a las erogaciones y no a las contraprestaciones recibidas por los jubilados bancarios.
6. Las auditorías realizadas a la Caja por el Poder Ejecutivo, y asimismo, la Auditoría Externa de la Caja, dictaminaron favorablemente hacia la administración actual de la caja.
Actuación “vergonzosa” de agente fiscal
Para el abogado Castiñeira, las irregularidades mencionadas precedentemente, formarían parte de las objeciones más llamativas durante la investigación penal, que habrían motivado que el ministro de la Corte Suprema de Justicia Dr. Gustavo Santander Dans califique como “vergonzosa” a la gestión que le cupo a la fiscala Stella Mary Cano en la tramitación de esta causa.
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La acusación del ministro, realizada en la plenaria del miércoles 21 de junio, fue tras recibir las conclusiones de la auditoría a los casos de la Caja Bancaria y al caso conocido como Mocipar.
Interés eleccionario para dañar reputación
Por su parte, José Colucchi, presidente de gremios aglutinados en la Caja de Jubilados Bancarios, refirió que siempre han estado expectantes del desenlace penal porque para los jubilados y pensionados lo principal lo más importante es su seguro médico y su correspondiente reaseguro.
Colucchi también dijo que siempre son mencionados en las denuncias penales los mismo hechos que ya fueron desestimados, pero aún así se vuelven a introducir dentro de las investigaciones del Ministerio Público. “Vale decir, que ya existe como una suerte de campaña orquestada en contra de la Caja Bancaria y de sus autoridades”.
También agregó: “La principal motivación de esta campaña de desprestigio sería la cercanía de las elecciones y el interés de apartar a las actuales autoridades. Justamente en octubre próximo se tiene que realizar la renovación de autoridades del gremio. Los actuales directivos ya fueron elegidos en dos periodos y en todo este tiempo siempre fueron permanentemente cuestionados, tanto en la parte personal como institucional”.
Colucchi aseguró que los afiliados son los primeros celosos custodios del patrimonio de la Caja Bancaria, porque les interesa seguir de cerca los números. “La Fiscalía acusó en G. 37.000 millones como daño patrimonial y se centra exclusivamente sobre el seguro médico. Pero no tuvo en cuenta que a partir de 2019 tenemos más jubilados, menos bajas y el costo de vida está permanentemente subiendo. En los dos últimos años tuvimos más de 14% de IPC (índice de precio al consumidor) y eso incide en los costos del seguro y reaseguro”, indicó.
Tanto Colucchi como Víctor Barúa, explicaron que la Caja Bancaria es una entidad autónoma, que maneja su propio presupuesto y su propio ingreso que tienen una rentabilidad financiera y dentro de esos rendimientos financieros se paga el principal beneficio al afiliado que es el seguro médico, indicaron.
También cuestionaron que la fiscala Stella Mary Cano haya atacado directamente el servicio de seguro médico por su “enormidad de erogación”, pero para Colucchi y Barúa esa “enormidad” de gastos estaba previsto dentro del plan de ajuste de racionalización de gastos.
También explicaron que la Caja Bancaria es una entidad sin fines de lucro y tiene la obligación de proveer esta clase de servicio a sus afiliados. La entidad tiene actualmente un superávit anual de unos G. 100.000 millones, aseguraron
Extinción de la acción penal y sobreseimiento definitivo de los procesados
Por Auto Interlocutorio N° 511 del 14 de junio de 2023, la jueza penal de garantías N° 3 de la capital, a cargo de la jueza Cynthia Paola Lovera Brítez, decretó la extinción de la acción penal de conformidad al Art. 139 del Código Procesal Penal y declaró el sobreseimiento definitivo de los imputados por lesión de confianza José Antonio Caballero Bobadilla, Miguel Ramón Oro Domínguez, Ángel Ramón Chamorro Ortíz y Xavier Hamuy Campos Cervera, directivos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y Afines.
El juzgado penal asimismo no hizo lugar al Dictamen N° 4 del 19 de abril de 2023 emitido por la fiscala adjunta Abog. Patricia Rivarola Pérez, a quien se le había corrido traslado ante el trámite de oposición del juzgado para que se pronuncie en los términos del Art. 358 del Código Procesal Penal (CPP), ante el allanamiento de extinción de la acción penal solicitado por la fiscala Stella Mary Cano
Acusación de Fiscalía por lesión de confianza a directivos de la Caja Bancaria
La investigación penal por lesión de confianza se inició con la denuncia que realizó Isidro Colmán Moreno, en fecha 20 de noviembre de 2019, acerca del supuesto hecho punible que presuntamente perpetraron los hoy acusados José Antonio Caballero Bobadilla, Miguel Ramón Oro Domínguez, Ángel Ramón Chamorro Ortiz y Xavier Hamuy Campos Cervera, presidente y miembros del Consejo de Administración de la Caja Bancaria, respectivamente.
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“Los mencionados acusados han incurrido en hechos y actos administrativos irregulares, que en la mayoría de los casos constituyeron observaciones que fueron señaladas bajo advertencia por parte de entes contralores como el Banco Central del Paraguay, Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, como así también auditorías internas de la Caja Bancaria, las cuales no fueron consideradas en tiempo y forma por la Administración de la Caja, constituyendo así una conducta omisiva, de los mismos, lo cual ocasionó un grave perjuicio patrimonial a la institución”, señalaba la acusación del Ministerio Público.
Uno de los 18 puntos desarrollados por el perito contable Lic. Javier González, propuesto por la Fiscalía, demuestra en su análisis del punto 1 sobre la variación que se ha visto con respecto a los gastos de seguro médico desde el año 2015 hasta el 2019, resultando en la suma de G. 37.449.119.291, y ello se ha reflejado en el punto 18 como parte del perjuicio patrimonial o daño patrimonial a la Caja de Jubilaciones, el cual ha tenido una consecuencia negativa en la situación financiera de la Caja.
Los gastos en seguro médico aumentaron en demasía a partir del año 2016, que según informe en el año 2015 ascendió a la suma de G. 18.310.320.000, en el año 2016 se ha incrementado en la suma de G. 26.250.878.285, en el año 2017 se incrementó en la suma de G. 41.145.786.334, en el año 2018 se incrementó en la suma de G. 53.554.931.419 y en el año 2019 en la suma de G. 55.759.439.291. El total de la variación es de G. 37.449.119.291, solamente por los gastos de seguro médico.
En resumen, la conclusión del perito González indica que el superávit al 30 de junio de 2015 fue de G. 965.943.000.000, y el déficit al 31 de diciembre de 2017 fue de G. 1.529.373.705.982, con lo que determinó que el daño patrimonial total a la Caja de Jubilados Bancarios ascendía a G. 2.495.216.705.982 (dos billones, cuatrocientos noventa y cinco mil millones, doscientos diez y seis millones ochocientos veinte mil), haciendo un total general de dos billones quinientos treinta y dos mil seiscientos treinta y cinco millones ochocientos sesenta y nueve mil trescientos sesenta y tres guaraníes (G. 2.532.635.869.363)”.
La querella también agrega que la Contraloría General de la República en su última Auditoría (CGR 843/18) afirma que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y Afines no reveló en los Estados Contables al 31/12/2018, las reservas matemáticas producto del balance actuarial que presenta un déficit de G. 1.529.373.705.982 (un billón quinientos veinte y nueve mil trescientos setenta y tres millones setecientos cinco mil novecientos ochenta y dos guaraníes), incumpliendo la exigencia de la Ley 2856/06 de la Caja de Jubilaciones.
El perito de la querella adhesiva es el Lic. Francisco Centurión.