CSJ rechaza revisar condena del hijo de Ramón González Daher a 5 años de cárcel

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó el recurso de revisión que planteó Fernando González Karjallo, hijo del usurero luqueño Ramón González Daher, contra su condena a 5 años de prisión por lavado de dinero. El condenado había solicitado al máximo tribunal que declare su absolución y anule el comiso especial de sus bienes.

Ramón González Daher y su hijo, Fernando González Karjallo llegan a la cárcel de Tacumbú.ABC Color
audima

La Sala Penal de la CSJ integrada por los ministros Luis María Benítez Riera y Alberto Martínez Simón, y el camarista Digno Arnaldo Fleitas declaró inadmisible el recurso de revisión que planteó Fernando González Karjallo en contra de fallos de Tribunal de Sentencia y la Cámara de Apelaciones que lo condenaron a 5 años de cárcel por el hecho punible de lavado de dinero.

El hijo de Ramón González Daher –también condenado en esta causa, pero a 15 años de cárcel por usura, lavado de dinero y denuncia falsa– planteó la revisión contra la Sentencia Definitiva N° 515 del 17 de diciembre de 2021 dictado por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Claudia Criscioni (presidenta), Yolanda Morel y Yolanda Portillo; que fue confirmado por la Cámara de Apelaciones el 12 de agosto de 2022 y por la máxima instancia judicial el 2 de setiembre del año pasado.

El condenado solicitó al máximo tribunal que resuelva en forma directa su absolución (decisión que también beneficiaría a su padre), y dejar sin efecto el comiso especial de bienes por 47 millones de dólares, que según lo probado en el juicio por el fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Osmar Legal, es fruto de la usura.

“Presentamos hechos nuevos, entre ellos un peritaje del 24 de abril de este año, pero evidentemente la máxima instancia judicial no leyó nada de lo que planteamos y rechazó la revisión de esta confiscación totalmente arbitraria”, expresó a nuestro diario la abogada Raquel Talavera, quien junto a su colega Erich Ratzlaff patrocinaron el recurso de revisión interpuesto por González Karjallo.

Argumentos para rechazar recurso del hijo de Ramón González Daher

El ministro Luis María Benítez Riera (preopinante) fundamentó que los argumentos esbozados por la defensa de González Karjallo versan sobre temas que no son materia tratable por medio del recurso de revisión, pues plantea nuevo análisis de las pruebas ya producidas, debatidas y valoradas en su momento por el tribunal de sentencia competente en juicio oral y público.

Agrega que la defensa intenta la revisión de la condena mediante la reconstrucción del núcleo fáctico, judicial y oportunamente justipreciado, fundado en supuestos errores de orden normativo en que se ha incurrido y que ya fueron objeto del debido proceso legal en la que se ha respetado meticulosamente las formas sustanciales del juicio relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia dictada por los jueces naturales del penalmente sancionado.

“El recurso de revisión por su especial naturaleza no permite la posibilidad de procedencia exitosa sobre fundamentos que carecen de sustento revisor, debiendo declararse su inadmisibilidad y remitirse los autos al Juzgado correspondiente a sus efectos”, resalta parte del fallo de la Sala Penal.

Con este fallo de la máxima instancia judicial se ratifica nuevamente la Sentencia Definitiva N° 515 del 17 de diciembre de 2021 dictado por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Claudia Criscioni (presidenta), Yolanda Morel y Yolanda Portillo; y el Acuerdo y Sentencia N° 60 del 12 de agosto de 2022 dictada por el Tribunal de Apelación Penal integrado por los camaristas Gustavo Santander, Andrea Vera Aldana y Arnulfo Arias.

Ramón González Daher y su hijo Fernando cumplen sus condenas en la Penitenciaría de Tacumbú, donde ingresaron el 7 de setiembre de 2022, luego que la Penal Penal de la Corte, a través del Acuerdo y Sentencia N° 593 del 2 de septiembre de 2022, haya rechazado el recurso de casación que planteó la defensa y el Juzgado de Ejecución Penal ordenara la captura de ambos para ejecutar las penas.

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