JEM notificó el inicio del enjuiciamiento a fiscala por presunto mal desempeño

Los abogados Guillermo Ferreiro Cristaldo y María Esther Roa ya fueron notificados por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que ha sido admitida la acusación que presentaron contra la agente fiscal Stella Mary Cano, a cargo de la Unidad Penal N° 3, Sede 1, de la capital.

Mario Ferreiro junto al abogado Guillermo Ferreiro durante su declaración ante la fiscala Stella Mary Cano. Fue en febrero de 2021.Archivo, ABC Color
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La disposición del JEM asimismo ordena que de la acusación promovida por el abogado Ferreiro Cristaldo, bajo patrocinio de la letrada Roa, se corra traslado de las documentaciones que sustentan el posible mal desempeño de funciones, sostenida en la denuncia en el caso del procesamiento penal al exintendente de Asunción Mario Ferreiro Sanabria, del que fue absuelto en el caso conocido como “asado de fin de semana” o de “caja paralela”.

La fiscala Cano tiene emplazamiento de 9 días, a partir de recibir la notificación del JEM, para que conteste por escrito lo que considere pertinente a su defensa con relación a la acusación de presunto mal desempeño de funciones.

El artículo 26 de la Ley 6814/2021 “Que rige para el procedimiento de enjuiciamiento y remoción de magistrados, fiscales y defensores públicos, dispone taxativamente:

“Admitida la acusación, se correrá traslado de ella al acusado, quien deberá contestarla por escrito, por sí o por apoderado, dentro del plazo de nueve días, con observancia de los requisitos establecidos en el artículo 20 de la presente ley”.

Seguidamente agrega la norma: “Si el acusado no contestare el traslado en el plazo fijado, su derecho a contestar decaerá automáticamente y el procedimiento seguirá su curso, sin perjuicio del derecho del enjuiciado de participar y controlar la producción de las pruebas que hubiesen sido admitidas”.

El enjuiciamiento a la fiscala

Por disposición del Auto Interlocutorio N° 32 del 11 de abril de 2023, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) admitió la acusación promovida por el abogado Guillermo Ferreiro contra la fiscala Stella Mary Cano, por supuesto mal desempeño de funciones.

La acusación contra Cano

La acusación particular en el Jurado promovida por el abogado Guillermo Ferreiro contra la fiscala Stella Mary Cano fue porque habría imputado, acusado y solicitado en el juicio oral condena por tráfico de influencias sin manifestar en qué consistió este delito, infringiendo los elementos objetivos de la norma.

De igual manera, se le acusó a la fiscala Cano de haber imputado sin describir los elementos del tipo penal, debidamente.

El tercer cuestionamiento a la agente fiscal fue porque acusó sin explicar cómo demostraría que la obra pagada por la Municipalidad no existía y no describió los hechos, señaló la acusación.

Otro elemento objetado por la parte acusadora es que la fiscala supuestamente violó la cadena de custodia de los teléfonos de los acusados por ella en la causa penal.

La absolución del exintendente

Los antecedentes del caso penal hablaban de un supuesto perjuicio para la comuna de G. 1.611.710.511 en la causa conocida como “caja paralela” dentro de un grupo de Telegram. Esto no ha quedado probado, sentenció un tribunal colegiado.

Al no probarse la acusación del Ministerio Público por los hechos punibles de tráfico de influencias y lesión de confianza, el tribunal de sentencia, de forma unánime, absolvió al exintendente Mario Ferreiro.

La fiscala Stella Marys Cano había pedido una condena de un año y seis meses para Mario Ferreiro. En tanto que para Carlos Mancuello, la misma pena. Para los sobrinos del exintendente, Fernando Ferreiro Ayala y Roberto Ferreiro Paz, así como para su asistente Víctor Ocampos Fernández, se solicitó una condena de 6 meses.

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