Condenan al “partner” Fernández Lippmann a 7 años de cárcel por enriquecimiento ilícito

El exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) Raúl Fernández Lippmann, el “partner”, fue condenado a 7 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Sin embargo seguirá en libertad. El coacusado Cristian León Guimaraes, sindicado como cómplice, fue absuelto de culpa y reproche.

Raúl Fernández Lippmann (segundo de la izquierda) y Cristian León Guimaraes (der.), junto a sus abogados, durante la presentación de los alegatos finales.ARCENIO ACUÑA
audima

En el segundo juicio que afronta en esta causa, el exsecretario de Óscar González Daher (fallecido en octubre de 2021) en el JEM Raúl Fernández Lippmann, conocido como el “partner”, fue condenado a 7 años de prisión como autor de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

Por su parte el funcionario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados Cristian León Guimaraes, procesado como cómplice del “partner” en el enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, fue absuelto de culpa y reproche de los hechos punibles investigados en esta causa penal.

El fallo condenatorio fue dictado hace unos minutos, por voto en mayoría de las juezas Olga Ruiz (presidenta del tribunal) e Inés Galarza; mientras que el juez Víctor Medina votó en disidencia por la absolución de Fernández Lippmann, quien seguirá con libertad ambulatoria hasta tanto la sentencia de primera instancia quede firme.

En el primer juicio oral, que finalizó el 26 de noviembre de 2020, ambos fueron absueltos de culpa y reproche, pero en abril de 2021 un Tribunal de Apelación Penal anuló el fallo de primera instancia y ordenó un nuevo juzgamiento.

Fernández Lippmann no puede justificar G. 1.500 millones

Para las magistradas que votaron por la condena, con las pruebas producidas en este segundo juicio oral, el Ministerio Público demostró que Fernández Lippmann se enriqueció de forma ilícita y lavó ese dinero que obtuvo de forma ilegal, a través de su cargo de director en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

En el caso de León Guimaraes la presidenta del colegiado se limitó a explicar que no se probó su participación, como cómplice, en ninguno de los hechos punibles. Agregaron que los argumentos estarán detallados en la sentencia integra que será entregada a las partes el martes 2 de mayo, a las 12:00.

Según la fiscala Victoria Acuña, entre los años 2007 y 2017, el exsecretario del JEM no tiene cómo justificar egresos por G. 237.550.698, que es la diferencia entre los ingresos legales que obtuvo como funcionario del Jurado y los gastos que registró en esos 10 años.

A dicho monto se suman unos G. 1.327.393.602, que de acuerdo a la fiscala fueron egresos que tuvo el “partner” por compras de dólares. “¿De dónde provenía ese dinero en efectivo para la compra de divisas ya que el salario del incoado en el Jurado era de 21 millones de guaraníes?”, se preguntó en los alegatos finales la agente del Ministerio Público, quien pidió una condena de ocho años de cárcel para Fernández Lipmann.

Voto en minoría, por la absolución del “partner”

El juez de sentencia Víctor Medina votó en disidencia por la absolución de culpa y reproche de Fernández Lippmann, ya que para él la conducta del exsecretario del exsenador colorado Óscar González Daher en el JEM, no es típica, ya que existe correspondencia en su patrimonio.

El magistrado señaló que en su acusación el Ministerio Público habló de la existencia injustificada de bienes o beneficios patrimoniales a favor de Raúl Fernández Lippmann y su esposa Elsa Gómez, y que ese acrecentamiento es de 237 millones de guaraníes.

Los jueces Víctor Medina, Olga Ruiz (presidenta) e Inés Galarza, integran el Tribunal de Sentencia.

Agregó que, sin embargo, el informe de la Contraloría General de la República, del 3 de junio de 2019, señala que existe plena correspondencia entre los bienes declarados por el “partner” y sus ingresos legales como funcionario del JEM.

“No existe tipicidad de la conducta del acusado conforme a la descripción hecha por el Ministerio Público y si no existe tipicidad tampoco existe delito”, resaltó el magistrado que votó por la absolución del culpa y reproche del encausado.

Por su parte el abogado Álvaro Arias, defensor de Fernández Lippmann, anunció que presentará apelación en contra de la resolución, en mayoría, del Tribunal de Sentencia. Agregó que la juezas que votaron por la condena de su cliente no fundamentaron su fallo.

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