La sentencia “de censura” para la periodista de Guairá fue dada a conocer este martes y ordena la prohibición de acceso y acercamiento de la denunciada Mabel Portillo a la denunciante Gloria Duarte, a su vivienda y a los lugares que signifiquen peligro para la misma. También prohíbe que realice publicaciones en medios digitales.
La periodista Mabel Portillo había publicado en abril del año pasado sobre el muro de contención construido por la Comuna de Yataity, durante la administración de Gloria Duarte, que posteriormente fue destruido tras un temporal y la jefa comunal prometió reconstruirlo.
Por su parte, la intendenta de Yataity asegura que esa publicación le causó daños psicológicos. La denuncia fue por violencia de género, basándose en la Ley 5.777/16 “de protección integral a las mujeres, contra toda forma de violencia”.
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Definición de violencia contra la mujer según la Ley 5.777/16
“Es la conducta que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial o económico a la mujer, basada en su condición de tal, en cualquier ámbito, que sea ejercida en el marco de relaciones desiguales de poder y discriminatorias”.
“Es una decisión preocupante cómo se utiliza la ley”
El reconocido abogado Ezequiel Santagada, quien asegura que se trata de una censura contra la periodista Mabel Portillo, manifiesta que la decisión de la jueza Rosa Alderete Recalde es preocupante, por cómo se utiliza una ley que pretende proteger a las mujeres contra todo tipo de violencia.
“Está claro que tiene que haber medidas para proteger contra todo tipo de violencia contra la mujer, pero esto no implica la censura”, señala.
El abogado manifiesta que es necesario hacerse una pregunta ante este hecho, teniendo en cuenta la definición de violencia contra la mujer según la ley. “¿Cuál es la relación desigual de poder que puede haber entre una periodista y una funcionaria de elección popular?”, cuestionó.
Agrega que se trata de dos mujeres, por lo que no está basada en su condición de tal, sino que, aparentemente, en la publicación de la periodista fue por una mala gestión municipal, entre esto un muro de contención, el no pago de dieta a concejales municipales, entre otros.
“Que la intendenta se pueda sentir afectada psicológicamente y tenga un mal asesoramiento jurídico vaya y pase, pero que una jueza no analice la situación de las partes, que el daño psicológico tiene que ver con la cosa pública y que por lo tanto prohíba que se publique no tiene relevancia objetiva para terminar censurando”, analizó.
Finalmente, dijo que la mencionada ley “bien leída no debería llevar a la censura” porque la ley apunta a proteger a la mujer hostigada en el ámbito laboral, a las que son golpeadas en el ámbito familiar, acosadas en el ámbito social, para que se tomen medidas que prevengan la difusión de videos íntimos, entre otros.