La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó una acción de inconstitucionalidad que fue planteada por la Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) contra una ordenanza municipal asuncena que establece una distancia mínima de 1.000 metros entre estaciones de servicios.
No obstante, en la misma fecha, esta Sala Constitucional aprobó una acción de inconstitucionalidad que fue planteada por “Imperial Compañía Distribuidora de Petróleos y Derivados SA y Petroquim SA” contra dicha ordenanza comunal.
Excusándose en la contradicción de estos fallos, el intendente de Asunción, Óscar “Nenecho” Rodríguez, dio a entender que no buscará suspender las habilitaciones de las estaciones de servicio que se beneficiaron de una medida cautelar para construir en cualquier punto de Asunción, haciendo alusión a los emblemas de Cadipac.
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El Departamento Jurídico de la Comuna asuncena, por su parte, concluyó que no se podría desmontar las estaciones de servicio que no cumplen la ordenanza y que se construyeron beneficiándose de dicha medida cautelar que emitió la Corte mientras analizaba la acción de inconstitucionalidad, como la gasolinera de la firma Enex que está instalada en zona de la Embajada de los Estados Unidos y Mburuvicha Róga.
Municipalidad de Asunción aún no tiene postura definitiva
El director jurídico de la Comuna, Benito Torres, señaló esta mañana que -si bien entienden que no pueden hacer nada contra las estaciones construidas mediante la medida cautelar- analizarán una postura definitiva sobre este conflicto.
“Nosotros estamos analizando cuál es la postura que vamos a tomar. Entendemos que estamos atados de pies y manos. Lo que podríamos hacer, deberíamos analizarlo”, declaró.
Igualmente, justificó el pronunciamiento de la Dirección Jurídica que está a su cargo, señalando que están “atados de pies y manos”, considerando las decisiones que tomó la Corte, por lo que no pueden desmantelar las estaciones ya construidas.
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Según argumentó, estos servicentros fueron construidos durante la suspensión de la ordenanza municipal que se dio por vía de la medida cautelar que fue emitida por la Corte a favor de Cadipac. “Cuando se había permitido (construcción de estación de servicio sobre Avda. Mariscal López y Kubitschek) no existía una norma y lo había dicho la autoridad máxima”, expresó.
Cuestionó al ministro Víctor Ríos
Torres, en otro momento, cuestionó al ministro de la Corte Víctor Ríos, quien es miembro de la Sala Constitucional que emitió ambos fallos. Ríos había señalado a ABC que los emblemas construidos mientras se analizaba la acción de inconstitucionalidad deben ser demolidos.
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“Lo grave es el comentario que se hace sobre una situación. Un magistrado o ministro debe expresarse a través de sus fallos. Caso contrario, es una preopinión. Lo que dijo el ministro Víctor Ríos no lo dijo en resolución”, subrayó.