“Nada que curar”: ley de salud mental implica prohibición de las “terapias de conversión”, señalan

La recientemente promulgada ley de salud mental establece que no puede darse un diagnóstico de salud mental por la elección o identidad sexual de cada persona. Bajo este punto, desde distintas organizaciones expresan que ahora las “terapias de conversión” están prohibidas. ¿De qué se tratan estas terapias?, el coordinador de la comunidad Cristianos Inclusivos del Paraguay lo explica.

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La ley de salud mental, que ya fue promulgada por el Poder Ejecutivo, establece en su tercer artículo que no se pueden realizarse diagnósticos en el campo de la salud mental considerando algunas bases exclusivas y entre estas, figuran la elección o identidad sexual.

Considerando esto, desde la comunidad de apoyo Cristianos Inclusivos del Paraguay expresan que no hay “nada que curar” y mediante esto indican que las “terapias de conversión” quedan ahora prohibidas por ley en Paraguay.

"Nada que curar" expresan desde la comunidad Cristianos Inclusivos del Paraguay.

Esto es sumamente celebrado por la comunidad, desde donde resaltan que en 2017 tanto la cátedra de Psiquiatría de la Universidad Nacional como la Sociedad Paraguaya de Psicología habían lanzado un comunicado dejando en claro que no existe evidencia científica para sustentar la efectividad de las terapias de conversión.

Ahora queda saber exactamente de qué se tratan estas “terapias” y cuáles eran los objetivos que tenían.

¿Qué son las terapias de conversión?

Según explicó el coordinador de Cristianos Inclusivos, el abogado Julio Arnaldo Aldana, en distintas iglesias evangélicas como en ciertos grupos religiosos hay varios cuestionamientos hacia los miembros de la comunidad LGBTIQ+, quienes para las autoridades religiosas, estas personas “están desviadas”.

Ante este “desvío” que indican a los que se acercan a la iglesia, se hacen reuniones en “grupos de apoyo” donde directamente se intenta “convertir” hacia la heterosexualidad de la persona supuestamente “desviada”.

Sobre estos grupos, Aldana indicó que son realizados por padres, autoridades de la iglesia e incluso en algunos casos, con profesionales del área de psicología, quienes tienden a no separan sus creencias con el profesionalismo, refirió.

“Esto se hace a escondidas y las personas son forzadas a una conversión. Es una forma de violencia”, lamentó.

Prohibición de estas terapias es “histórico”, celebran

Para la organización “It Gets Better Paraguay”, la prohibición de estas terapias es un hecho “histórico” para nuestro país.

Sobre It Gets Better Paraguay, esta organización nace inspirada por It Gets Better Project de Estados Unidos y busca fomentar la educación en derechos humanos, la prevención del bullying homofóbico, aconsejar y también contar historias de personas LGBTI+ para demostrar “esperanza” a nuevas generaciones, según detallan en sus redes sociales.

#NadaQueCurar también expresan desde la organización It Gets Better Paraguay.

Por su parte, la abogada Michi Moragas expresó en redes sociales que “por fin llegamos al 2022″ y que al fin en nuestro país existe una ley “que está en este siglo”.

Hay que acabar con las terapias de conversión”, enfatiza Moragas, detallando también que la ley establece que los pacientes tienen derecho a “recibir o rechazar asistencia espiritual y a no ser discriminado/a”.

Ley N° 7018: De salud mental

Según el escrito de la ley, su fin es asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas. Cuenta con 42 artículos y ya fue promulgada por el Poder Ejecutivo recientemente. En su artículo tercero se detallan las definiciones, estableciendo:

“La salud mental es un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos de toda persona. Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas”.

En ningún caso puede hacerse diagnóstico en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva de:

a) Estatus político, socioeconómico, pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso.

b) Demandas familiares, laborales, administrativas, falta de conformidad o adecuación con valores morales, sociales, culturales, políticos o creencias religiosas prevalecientes en la comunidad donde vive la persona.

c) Elección o identidad sexual.

d) La mera existencia de antecedentes de tratamiento u hospitalización.

El punto c es el utilizado para establecer que estas “terapias de conversión” quedarán prohibidas por ley e incluso podrían llegar a ser denunciadas ante el Ministerio Público, según indicó el abogado Aldana.

"STOP a tu discriminación", refería uno de los carteles que se veía en una de las marchas de orgullo gay que se realizaron en Paraguay.

“El discurso es de confesar el supuesto pecado o te vas a ir al infierno. También llegamos a tener reportes de casos que se registraron en iglesias católicas”, refirió el coordinador, instando así a que si alguien llega a ser víctima de una situación similar, pueda denunciarla o asesorarse mediante la comunidad.

“Cristianos Inclusivos del Paraguay” se encuentra bajo ese nombre en Facebook Twitter e Instagram. También la persona interesada podría contactar al siguiente número de teléfono: (0981) 886030.

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